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Salud de la Junta de Andalucía rechaza el amparo al farmaceútico que se negó a vender la píldora poscoital

La Junta expresa que el Constitucional “vulnera” con su decisión los derechos de la mujer y estudia presentar un recurso.

El gabinete jurídico de la Consejería de Salud está estudiando “posibles recursos” contra la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que avala el derecho a la objeción de conciencia de un farmacéutico de Sevilla que fue sancionado por negarse a dispensar en 2008 la llamada píldora del día después. La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía ha expresado, a través de un comunicado, su “total desacuerdo” con la sentencia del Alto Tribunal, aunque la “acatará” como es su “obligación”, ha subrayado. 

Según la Junta, con dicha decisión se “vulneran, una vez más, los derechos de las mujeres, recogidos en la Ley de Salud Sexual y Reproductiva“, unos derechos que desde Andalucía se seguirán “garantizando”.  “Se seguirán poniendo a disposición de las mujeres todos los métodos anticonceptivos a su alcance, garantizando la interrupción voluntaria del embarazo y el acceso a los productos anticonceptivos y contraceptivos, y ofreciendo formación en educación sexual, entre otros”, añade la nota. 

La Junta andaluza dice identificarse con los argumentos que detalla en su voto particular la vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Adela Asua, en el que apunta que el derecho a la objeción de conciencia no puede ser considerado técnicamente como “parte del contenido del derecho a la libertad ideológica“, pues ni la Constitución ni ninguna ley del Parlamento contienen tal reconocimiento. 

En su voto particular advierte también de que la sentencia lleva a cabo un “drástico cambio doctrinal que “puede traer consecuencias aciagas para nuestro Estado Constitucional de Derecho. La Consejería de Salud recuerda que la Ley de Salud Sexual y Reproductiva “recoge perfectamente” y delimita aquella situación en la que cabe que un profesional haga uso de su libertad de conciencia “y se circunscribe a aquellos profesionales que participan directamente en la realización de una interrupción voluntaria del embarazo; que sí pueden hacer uso de la objeción de conciencia”. “Andalucía respeta escrupulosamente la libertad de conciencia de los profesionales sanitarios pero en aquellos términos recogidos en la Ley”, ha zanjado la Consejería de Salud

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