Las parejas de Toledo y Guadalajara no pueden casarse en la fecha deseada… a no ser que lo hagan por la Iglesia; los que peor lo tienen son los homosexuales
“No nos podemos casar en enero, ni en febrero, ni en marzo, y mucho menos el resto del año, porque no hay día disponible en la cita previa del Registro Civil”, reconocen a ELPLURAL.COM una joven pareja que aprovechando las vacaciones de Navidad intentaron coger “número” para poder iniciar todos los trámites de su boda en Toledo, ciudad natal de la novia, “pero ya no hay fechas disponibles”, nos comenta indignada. Y no es para menos porque las parejas que quieran contraer matrimonio en Toledo, Guadalajara o Cartagena, tres de las seis ciudades con cita previa on line (citapreviaregistrocivil.es), experiencia piloto puesta en marcha por el Gobierno del registrador en excedencia de Santa Pola, Mariano Rajoy, previo paso a su privatización, no pueden hacerlo porque la única forma de acceder al Registro Civil es vía telemática, a no ser, eso sí, que decidan casarse por la Iglesia, entonces, el calendario se abre a sus pies y pueden elegir mes, día y hora.
Favoritismo con el matrimonio canónico
Y es que en las mismas fechas, en los mismos meses (enero, febrero y marzo), las parejas que contraigan matrimonio canónico pueden hacerlo sin problemas, y eso que también tienen que pasar por la cita previa, pero para la Iglesia siempre hay un hueco, una fecha, una hora para atender a sus feligreses. En este sentido, no deja de ser cuando menos curioso que siendo Toledo una de las pocas capitales españolas donde todavía los matrimonios eclesiásticos superan a los civiles no tengan problemas para conciliar fecha y lugar, cuando lo más lógico sería que el falso overbooking afectara más a los enlaces canónicos que a los civiles.
Requisitos más simples para la Iglesia
No solo eso. Casarse por la Iglesia es más caro, sí, pero los servicios sacerdotales son de una efectividad que ninguna pareja puede alcanzar por sí misma. Para empezar, la parroquia donde se contraerá matrimonio se encarga de todo “el papeleo”, de toda la documentación necesaria, mientras que en el Registro Civil (que no sea el de Toledo, Guadalajara o Cartagena) los jóvenes que se aventuran a oficializar su relación tienen que pasar por un auténtico viacrucis de certificados y declaraciones. A saber: Declaración / Solicitud de autorización de matrimonio, declaración jurada o afirmación solemne de estado civil, certificación de empadronamiento de los dos contrayentes, documentación identificativa de los contrayentes, Fe de Vida y estado civil de los dos contrayentes….