Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

[Puerto Rico] No se requerirá indicar el nombre de la religión en una declaración jurada de exención religiosa a la vacunación

Esta medida fue favorecida por los Departamentos de Salud, Educación y Justicia.

El gobernador Pedro Pierluisi firmó el Proyecto del Senado 1141 que enmienda la Ley de las Inmunizaciones Compulsorias a los Niños Preescolares y Estudiantes del 1983 para que la declaración jurada de exención religiosa no requiera que se haga constar el nombre de una religión o secta y que no tenga que ser firmada por un ministro que forme parte de estas.

Descarga el documento

Esta medida fue favorecida por los Departamentos de Salud, Educación y Justicia y la misma está alineada con la Carta Circular 2023-007 de Salud en la que se atempera a lo establecido por el Tribunal Supremo de Estados Unidos en el caso Frazee v. Illinois Department of Employment Security (1989), el cual reconoce que «no siempre las convicciones religiosas o de conciencia de un ciudadano están atadas a una fe particular, y que esas creencias sinceras, desligadas de una religión institucional, también tienen que ser protegidas por la Constitución».

La medida establece que para que el gobierno le reconozca a los estudiantes la excepción de vacunación por razón de conciencia y religión, no podrá exigir:

  1.  Pertenecer a una religión o iglesia.
  2. Que la declaración jurada esté firmada por un ministro o ministra.
  3. Que las creencias del ciudadano formen parte de un credo doctrinal establecido.

«Con el P. del S. 1141 no solo reforzamos el derecho humano y constitucional a la libertad de conciencia y religión, sino que también ayudamos a aquellos padres que, al comienzo de cada año escolar, se topan con procesos confusos respecto de la solicitud de exención de vacunación de sus hijos por razones religiosas y de conciencia», dijo la autora de la medida Joanne Rodríguez Veve.

Recientemente, el secretario del Departamento de Salud, Carlos Mellado López, informó que se atemperó el formulario de declaración jurada sobre excepción a vacunar por razones religiosas, para incluir la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos que establece que las convicciones religiosas no siempre están atadas a una religión, por lo que un individuo no tiene que pertenecer a un grupo religioso en particular.

De igual forma, el Secretario promulgó una carta circular, para comunicar a las instituciones educativas y las facilidades de salud aplicables, de estos cambios.

De acuerdo con los cambios, todo padre, madre o tutor que desee no vacunar a su hijo, hija o menor, invocando la excepción religiosa, no necesitará pertenecer a un grupo religioso particular, ni necesitará que el ministro o líder de ese grupo ratifique su deseo. Sin embargo, las personas sí tendrán que exponer aquellas sinceras creencias religiosas que le llevan a solicitar la exención.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
La alcaldesa de Jerez asiste a la bendición de la imagen de Jesús Resucitado oficiada por el obispo en la iglesia de San Dionisio
Leer más

Autoridades públicas en actos religiosos

De España: De otros países:
Sus Majestades los Reyes durante la celebración del oficio religioso. Misa funeral en memoria de las víctimas del accidente ferroviario de Adamuz (Córdoba), ofrecida por el Obispado de Huelva
Leer más

Autoridades públicas en actos religiosos

De España:
Leer más

Efemérides laicistas 5 de febrero

1917 – En México se aprueba la tercera y última Constitución, en la que se establece en su…
Miembros de la Brigada Líbano XLIII visitaron a la Vigen del Pino en Teror tras su regreso de misión en Oriente Medio
Leer más

Autoridades públicas en actos religiosos

De España: De otros países:
Total
0
Share