El presidente del Senado y autor de la medida, adelantó que cuenta con los votos para su aprobación
Con voces a favor y en contra, transcurrió ayer la vista pública del Proyecto del Senado (PS) 1, que establecería la “Ley del Derecho Fundamental a la Libertad Religiosa en Puerto Rico”.
Para la licenciada Vivian Godineaux Villaronga, presidenta del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (Caapr), la medida propuesta por el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, es innecesaria, ya que la libertad religiosa está cobijada por la Constitución de Puerto Rico y los Estados Unidos. También, mencionó, que no han identificado “una cantidad significativa” de violaciones a la libertad religiosa en la Isla, y añadió que por tal motivo, “cuestionamos cuáles son los verdaderos objetivos de este proyecto”.
De igual forma, aseguró que la pieza legislativa podría dar paso al “discrimen” y amenazar derechos adquiridos. Según se desprende del PS 1, un empleado gubernamental, del sistema educativo, de la clase médica, entre otros, pudiera solicitar un acomodo razonable y no querer atender a una persona porque va en contra de su ideología religiosa.
“Cómo se haría un acomodo razonable, en el caso… donde en esa agencia solamente tienes un empleado que está reclamando la garantía que establece esta ley, ¿y cómo vamos a hacer ese acomodo razonable? Eso no está establecido tampoco”, recalcó Godineaux Villaronga.
La intención de la pieza legislativa es evitar el discrimen por religión a quienes laboren en el gobierno, así como a la clase médica y educativa. A su vez, incluye modificaciones a la Ley 25 de 1983 (Ley de Inmunizaciones Compulsorias), para permitir excepciones religiosas para la vacunación de menores en escuelas y centros educativos.
Reconoce la libertad religiosa como un derecho fundamental para todo ciudadano, incluyendo “empleados y funcionarios de las tres ramas de gobierno, aquellos profesionales regulados y licenciados por el estado y estudiantes, padres, tutores o encargados de éstos en el sistema público de enseñanza, ante acciones del estado, así como pacientes en cualquier institución médico-hospitalaria y para adultos mayores, público o privado”.
Lo que busca -según la medida- es evitar que se discrimine a las iglesias u organizaciones de base de fe “por motivo religioso en servicios gubernamentales, concesión de permisos, acceso a fondos, materiales, propuestas y préstamos u otros programas que estén disponibles a otras entidades no religiosas”.
Para el portavoz del Sínodo Presbisteriano Boriquén en Puerto Rico, José Rosa Rivera, no queda claro cómo se ejecutaría el tema del acomodo en el trabajo.
“Hay muchas divisiones (oficinas gubernamentales) que solamente existe una persona con los conocimientos para atender al público en aspectos específicos. Si esa persona falta, ese día no hay servicio para nadie. Si esa persona adujera a su libertad religiosa para no atender a alguien, ya sea porque sea negro, porque no le guste como es, porque no necesariamente es que no quieran atender a la comunidad Lgbttiq… ¿quién lo va a atender? Y esa es la preocupación que tenemos nosotros con ese aspecto en este proyecto”, señaló.
Rosa Rivera dijo, además, que no apoya la medida en su versión actual por “su riesgo a la salud pública y promoción de la discriminación”.
Apoyan la medida
De otra parte, miembros de diversos sectores religiosos mostraron su apoyo al proyecto senatorial, ya que, desde sus perspectivas, es una medida que los protege y le otorga libertades para salvaguardar sus creencias.
Con relación a los planteamientos en contra del proyecto, descartaron que esta legislación busque discriminar a otros grupos, como la comunidad Lgbttiq.
“Plantear que este proyecto de libertad religiosa pretende afectar a sectores vulnerables como lo es la comunidad Lgbtq no es cierto, el proyecto mismo afirma en su sección 16 una prohibición total de discrimen”, comentó el reverendo Moisés Román Díaz, presidente de la Fraternidad Pentecostal de Puerto Rico.
Mientras que, el pastor Otoniel Font, consideró que la pieza legislativa “reafirma los valores cristianos más profundos que merecen ser reconocidos, vindicados y defendidos”. Asimismo, el sacerdote católico Carlos Pérez Toro, avaló la medida porque la libertad religiosa “es un derecho fundamental” y deben tener la autonomía de “actuar conforme a esos principios y pensamientos”.
Por su parte, Rivera Schatz, autor del proyecto, adelantó que cuenta con los votos para su aprobación.
“Quiero aprobar este proyecto pronto y yo tengo los votos. Yo tenía los votos para descargarlo si yo quisiera, pero quiero documentar el informe porque hay personas hablando argumentos jurídicos ridículos y absurdos”, dijo, a la vez que aseguró que hay apertura por parte de la Cámara de Representantes y la gobernadora Jenniffer González Colón.
Vacunación, religión y educación
De otro lado, el Departamento de Salud y el Departamento de Educación endosaron el PS 1, pero indicaron que su respaldo se centra principalmente en el asunto de la vacunación, porque va ligado a salvaguardar la salud pública.
Con relación a la vacunación en etapa escolar, la principal oficial médico de Salud, la doctora Iris Cardona, manifestó que está a favor de las modificaciones que propone el proyecto para que “en situaciones de epidemia, los estudiantes no vacunados podrían verse obligados a permanecer fuera de la institución educativa hasta que finalice la epidemia o se establezcan otras regulaciones”. En estos casos, la escuela deberá proporcionar el material educativo al estudiante.
“De esta forma, se logra un equilibrio adecuado”, opinó.
Mientras que, el secretario de Educación, Eliezer Ramos Parés, en su ponencia apoyó el proyecto en discusión, pero planteó que es “un reto significativo en el equilibrio entre la libertad religiosa y los derechos humanos”.
“La excepción por libertad religiosa que permite a los padres o tutor(a) legal optar por no vacunar a sus hijos por motivos religiosos, específicamente en el contexto de una epidemia es un asunto que merece ser cuidadosamente evaluado para asegurar que no se violen derechos constitucionales. Toda vez que, en situaciones de epidemia, el estado tiene la responsabilidad de proteger la salud pública. Esto puede justificar la toma de medidas excepcionales para prevenir la propagación de enfermedades contagiosas o altamente peligrosas”, leyó la licenciada Saraí Ruiz Maisonet, en representación del titular de Educación.





