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Publicado el Reglamento de laicidad municipal en Rivas Vaciamadrid

El pasado día 7 se publicó el Reglamento de laicidad municipal en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. La Asociación Laica de Rivas Vaciamadrid, que ha participado desde el principio en la redacción de esta normativa se felicita de que nuestra ciudad sea el primer municipio de España en el que se aprueba un Reglamento de este tipo. Nos sentirnos orgullosos de servir de ejemplo para el resto de municipios que trabajan o trabajarán con el mismo objetivo.

El pleno del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, celebrado el día 29 de noviembre de 2018 aprobó el Reglamento de laicidad municipal por 17 votos a favor (IU-Somos Rivas-Equo, Rivas Puede, PSOE) y 4 en contra (PP) y 4 abstenciones (Ciudadanos y concejales no adscritos). En dicho pleno se resolvieron las reclamaciones y sugerencias que había presentado el concejal D. Antonio de la Peña, en nombre del Partido Popular en el plazo de alegaciones tras la aprobación inicial del Reglamento que tuvo lugar en el pleno municipal celebrado el 31 de mayo de 2018.

Tal como se refleja en su artículo 1, este Reglamento tiene como objeto establecer un marco normativo municipal para la promoción de la libertad de conciencia y la diversidad en que ésta se manifiesta en nuestra sociedad, así como la inclusión de criterios que, desde el respeto al ordenamiento jurídico, den respuesta a cuestiones que puedan suscitarse en el ámbito de la función pública, de cargos electos y autoridades municipales respecto a la participación de actos públicos y la neutralidad ante actos religiosos. Regula los principios de separación entre las instituciones públicas municipales y las organizaciones religiosas y la neutralidad de los poderes públicos municipales ante cualquier convicción religiosa o ideológica. En este sentido el artículo 3 indica que los miembros de la Corporación que participen en actos religiosos lo harán a título individual y no en representación del Ayuntamiento.

El título II del Reglamento establece que los actos públicos oficiales serán exclusivamente seculares, sin connotaciones religiosas y que los actos religiosos no tendrán la consideración de oficiales. No se cederá suelo público para la construcción de edificios de carácter religioso o de cualquier otro que se desarrolle en la esfera de las convicciones, creencias y/o actividades del ámbito de lo particular o privado. Los edificios dependientes de la Administración local estarán exentos de cualquier tipo de simbología religiosa.

En el título III se establecen ritos de paso civiles promovidos por el Ayuntamiento y se crea la Oficina Municipal de Defensa de la Libertad de Conciencia.

El gobierno local no concederá ningún tipo de financiación, subvención o exención a ninguna entidad religiosa más allá de lo establecido legalmente.

Por último, en las disposiciones adicionales del Reglamento se indica que el Ayuntamiento hará pública la información del impacto sobre las arcas municipales de las exenciones del pago del IBI u otros impuestos aplicadas a propiedades de la Iglesia católica o de otras confesiones religiosas o a fundaciones. También hará pública la relación de inmuebles que se haya apropiado la Iglesia católica mediante el sistema de inmatriculación.

Al finalizar el pleno de la aprobación inicial, tomó la palabra el presidente de la Asociación Laica, quien felicitó a la corporación por la aprobación de este Reglamento y ofreció al Gobierno municipal seguir colaborando para desarrollar la laicidad municipal.

Enlace al Reglamento publicado

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