Las entidades que tengan que subsanar su solicitud no admitida, tienen 10 días hábiles para hacerlo
En el día de hoy se ha publicado la Resolución de la Fundación Pluralismo y Convivencia con los listados de solicitudes presentadas para la convocatoria de ayudas para la realización de actividades dirigidas a promover el conocimiento y el acomodo de la diversidad religiosa en un marco de diálogo, fomento de la convivencia y lucha contra la intolerancia y el discurso de odio.
Esta resolución contiene tres anexos con los listados de las entidades que han sido admitidas (Anexo I), aquellas que han presentado solicitudes con defectos (Anexo II) que deben rectificar, así como para que aquellas otras que, habiendo sido provisionalmente excluidas (Anexo III), se encuentren en condiciones de justificar su derecho a la admisión a trámite.
Para aquellas entidades que tengan que subsanar su solicitud, el plazo máximo es de 10 días hábiles contando a partir del día siguiente al de recepción de su notificación. La subsanación debe presentarse empleando un certificado de firma electrónica válida, a través de la sede electrónica del Ministerio https://mpr.sede.gob.es/ mediante la consulta del expediente abierto a nombre de su entidad y adjuntando la documentación en el apartado “Aportar documentos”. En el mismo enlace se puede consultar la guía para la subsanación.
Para cualquier aclaración o consulta, se puede contactar con la Fundación Pluralismo y Convivencia en el correo electrónico convocatoriaayudas@pluralismoyconvivencia.es o en el teléfono 911858944
Enlace a la resolución: https://mpr.sede.gob.es/procedimientos/portada/idp/1418/ida/3549/
VÍDEO EXPLICATIVO / OBJETIVOS DE LAS AYUDAS
Fuente: FEREDE (Conchi González) / Edición: Actualidad Evangélica