La Iglesia católica tuvo su peculiar y propio boom inmobiliario especialmente a partir del año 2003. Una reforma de la ley Hipotecaria en 1998 en pleno gobierno del  PP de Aznar  amparándose en una ley franquista, generó el chollo de las Inmatriculaciones de la Iglesias católica. Merced a esa triquiñuela legal centenares y centenares de lugares de culto así como otras propiedades que no estuvieran registradas pasaron “por la cara” a ser propiedad de la Iglesia.

Aprovechándose de esta norma diócesis y obispados registraron a su nombre 4.500 propiedades (ermitas, basílicas, catedrales, abadías, plazas, jardines, monumentos…), algunas tan notables como la Mezquita de Córdoba o la Catedral de Granada.

La Mezquita por 30 euros

No fue necesaria para su registro nada más que una simple que una certificación del Obispo, adjudicaciones sin publicidad y ni tan siquiera abonar el impuesto de transmisión patrimonial. Un ejemplo notorio fue la Mezquita de Córdoba le costó al Obispado solo 30 euros.

Reclamación de bienes en España

Ante esta flagrante injusticia de expolio de patrimonio público y por la demanda de ciudadanos y asociaciones, en algunas zonas de España las Administraciones Públicas comenzaron a reclamar estas propiedades. Solicitaron al Gobierno central o a los registros de la propiedad información sobre los bienes inmatriculado. Ese fue el caso de Navarra, Euskadi o Aragón. Tras obtener esa información y la relación de bienes inmatriculados por la Iglesia se pudo das comienzo a procesos para su anulación. Ello ha permitido al Ayuntamiento de Zaragoza con la inmatriculación de la iglesia de San Juan de los Panetes, que fuera revocada la inmatriculación al arzobispado de Zaragoza ya que se aclaró que estaba inscrita con un bien del Patrimonio del Estado

Con este objetivo, absolutamente lógico y natural, los grupos de izquierda del Ayuntamiento de Granada llevaron una moción solicitando conocer la relación de bienes inmatriculados. Solo eso, información.

Ciudadanos y PP tumban la Moción

La moción fue presentada por IU y Equo y fue apoyada por el Grupo Municipal de Vamos Granada y del PSOE. Pero he aquí la sorpresa que a la negativa del PP a la petición de la moción se unió la de los concejales de Ciudadanos. Al tener las dos formaciones mayoría en el consistorio han impedido que prosperase y la han tumbado por 15 votos en contra y 12 a favor.

En la exposición de motivos de la moción se afirmaba que la jerarquía católica había utilizado dos normas franquistas que no fueron modificadas con la entrada en vigor de la Constitución de 1978, para proceder a la inmatriculación de bienes en los diferentes Registros de la Propiedad:

Explicaba como el artículo 206 de la Ley hipotecaria de 1946 equiparaba a la Iglesia católica como una corporación de derecho público, con una administración a la hora de inscribir bienes de dominio público en el registro de la propiedad por primera vez (inmatriculación) sin tener que aportar ningún título de propiedad.

Obispos notarios

También recogía como el artículo 304 del Reglamento Hipotecario que equiparaba a los diocesanos con notarios, homologando a los diocesanos (obispos y arzobispos) como fedatarios públicos del Estado a la hora de inscribir bienes a su nombre mediante un propio auto-certificado de dominio sin títulos reconocidos de propiedad y sin publicidad. De esta manera en la mayoría de los casos los Registradores de la Propiedad daban por buenos esos autocertificados que autorizaba la Ley sin comprobar si había posibles titulares o propietarios reconocidos de los bienes inmatriculados y sin procedimiento de información pública

Las triquiñuelas legales de Aznar

Posteriormente el Gobierno del Partido Popular introdujo una reforma del Reglamento Hipotecario que permitió que la Iglesia católica pudiera proceder a la inscripción registral de una ingente cantidad de bienes inmuebles de alto valor cultural, patrimonial y económico que hasta entonces tenían el carácter de bienes de dominio público, es decir de la ciudadanía.

La ley 13/2015 modificó la Ley Hipotecaria en junio del 2015, ante el temor del Partido Popular a un recurso de inconstitucionalidad pero al no tener carácter retroactivo esta modificación supuso una amnistía registral sobre los miles de bienes inscritos por la Iglesia a su nombre en lo que algunos denominan el mayor escándalo inmobiliario de la historia de España.

Catedral y Capilla Real

Poco antes de la entrada en vigor de esta reforma legal, el arzobispado de Granada procedió a inmatricular el conjunto catedralicio (Catedral, Capilla Real y Sagrario), concretamente con fecha 22 de junio de 2015 por simple documento del arzobispado, y cuando existe certificación negativa de dicha titularidad a fecha de 11 de marzo de 2014. Según Granada Laica similares datos se han podido constatar del resto de iglesias históricas de Granada.

Para tener un conocimiento real de los bienes afectados por este procedimiento y del alcance de las inmatriculaciones efectuadas por la Iglesia católica en Granada se presentó esta moción tumbada por el frente conservador de PP y Ciudadanos. Ello impide poder reclamar al no tener la información necesaria.

Ni siquiera PP y Cs reclaman información

O lo que es lo mismo, PP y Ciudadanos en Granada prefieren que la Iglesia Católica siga ostentando estas prerrogativas y acumule este patrimonio que es público y de todos los granadinos y granadinas. Ni tan siquiera han permitido que se recabe información para conocer quiénes eran sus titulares legales o si se cometieron adjudicaciones netamente irregulares.