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“Ninguna confesión tendrá carácter estatal” (CE, art. 16.3)

Acabo de leer el artículo de Dª Miriam Rabaneda Gudiel, publicado en Zigzag con el título “Orgullosos de ser españoles” y debo reconocer que me ha sorprendido.

Me sorprende que la Directora General de la Administración Local de la Comunidad de Madrid, un cargo que pagamos entre todos con nuestros impuestos y cuya misión es, entre otras, mantener las relaciones institucionales entre la Comunidad Autónoma y los municipios de Madrid, se permita el lujo de descalificar abiertamente a un cargo elegido democráticamente, como es el Alcalde de Pinto, tachando tanto a él como al movimiento ciudadano al que representa de “heredero del estalinismo” y “admirador de los regímenes dictatoriales”.

¿En qué se basa la señora Rabaneda para lanzar semejantes acusaciones? ¿En qué medida condicionarán sus prejuicios contra el actual gobierno municipal la necesaria relación entre administraciones públicas? ¿Es así como vela nuestra ex alcaldesa por el bienestar de sus vecinos?

Como bien debería saber la señora Rabaneda, el Estado español, como democracia “moderna y liberal” que es, debe velar por la separación iglesia-estado, garantizando de esta manera la libertad religiosa y de culto que defiende la Constitución Española en su artículo 16. A juicio de Ganemos Pinto, la mejor manera de garantizar esa libertad religiosa es mantener a las instituciones al margen de cualquier culto o devoción. Así conseguimos que ninguna sensibilidad (todas las creencias en materia religiosa merecen consideración, incluyendo aquellas que implican la no creencia en ningún ser superior) se sienta menospreciada porque una institución que debería cuidar los intereses de todos, se decante por una religión determinada.

Es por eso, y no por ningún interés “espurio” que sólo Miriam Rabaneda parece ver, por lo que el alcalde de Pinto, al igual que el resto del gobierno municipal decidió no acudir a la misa en honor a la Virgen del Pilar. Y en efecto, Rafael Sánchez depositó una corona de flores a los pies de la imagen de la virgen porque, tal y como indica el protocolo del acto, se trataba de un homenaje a los Guardias Civiles fallecidos en acto de servicio. Y es que lo cortés no quita lo valiente, y a nuestro juicio, una más que justificada defensa del laicismo en las instituciones en ningún modo justificaría despreciar a aquellos que han fallecido defendiendo la seguridad de todos los ciudadanos. Curioso, a la señora Rabaneda le parece difícil de explicar mientras que a nosotros nos parece una cuestión de puro sentido común.

Por último, he de decir que me siento muy halagado por el piropo que nos lanza la ex edil pinteña cuando nos sitúa, a nosotros y entiendo que al resto de Candidaturas de Unidad Popular, en el “republicanismo radical”. El diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, define Republicanismo como “Sistema político que propugna la república como forma de gobierno de un Estado” mientras que el término República queda definido en su primera acepción como “Organización del Estado cuya máxima autoridad es elegida por los ciudadanos”. Por mi parte, nada que objetar, aunque no termino de entender cómo casa esta definición con nuestra supuesta admiración por vaya usted a saber qué regímenes dictatoriales.

Aclárese, señora Rabaneda, que nosotros, a diferencia de los dirigentes de su partido, no hemos hecho hasta la fecha negocios con Guinea Ecuatorial, China ni Arabia Saudí.

Y al hilo de eso, no puedo resistirme a mencionar la 3ª acepción de República según el diccionario de la Academia: “Por oposición a los gobiernos injustos, como el despotismo o la tiranía, forma de gobierno regida por el interés común, la justicia y la igualdad”.

Tome usted nota, doña Miriam, que el verdadero Patriotismo y el verdadero orgullo patrio tienen mucho más que ver con eso que con gastarse 15.000 Euros en una bandera de España o con rezarle tres avemarías a la Virgen, dicho sea esto con el mayor respeto del mundo.


Curiosa interpretación de la laicidad institucional. El gobierno municipal de Pinto, no acude a la misa de la Virgen del Pilar, lo que resulta del todo lógico en un estado aconfesional, pero sin embargo realiza una ofrenda floral a los pies de la virgen del Pilar. Si se trataba de un acto institucional civil en homenaje a las personas muertas en acto de servicio, debería realizarse en otro lugar y no ante una imagen religiosa, vulnerando la aconfesionalidad y la libertad de conciencia de los posibles homenajeados, de los que no se conocen, ni tienen por que identificarse, sus creencias o convicciones. 

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