Corte admitió amparo de mujer de Chihuahua contra negativa de SRE de expedirle pasaporte si insiste en utilizar el hijab en la fotografía.
El hijab, velo que cubre la cabeza y el cuello de las mujeres devotas de la religión islámica, ha provocado múltiples disputas legales en Estados Unidos y Europa. Ahora hay una en México y ya llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Un amparo promovido por una residente de la capital de Chihuahua fue admitido en la Corte el pasado 2 de julio contra la negativa de expedirle un pasaporte si insiste en aparecer utilizando el hijab en la fotografía.
Lo anterior, luego de que la Primera Sala resolvió, por unanimidad, que la SCJN debía intervenir.
El Reglamento de Pasaportes ordena que la fotografía del solicitante «deberá ser tomada de frente, a color, con el fondo blanco, la cabeza descubierta y sin
prendas u objetos que cubran parcial o totalmente el rostro».
En abril de 2022, la delegación de la SRE rechazó en dos ocasiones tomar la fotografía para el pasaporte solicitado por Evamaría Belem Lozano Arias, quien profesa la religión islámica. Ante estas negativas, Lozano promovió una demanda de amparo.
En octubre de 2022, la jueza Flor Gómez resolvió que la exigencia de remover el hijab es desproporcional y afecta el derecho de libertad religiosa de Lozano, quien tiene prohibido descubrir su cabello en público.
El Corán, libro sagrado del Islam, ordena a las mujeres usar el hijab en público, aunque algunas también lo usan en su casa, y sólo se lo quitan con su esposo.