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Medios judiciales dudan que pueda recurrirse la sentencia contra EpC

Lo resuelto en la sentencia son disposiciones autonómicas, para las que la última instancia judicial es el TSJA, según la nueva redacción del Estatuto de Autonomía aprobada en referéndum en 2007

Fuentes judiciales han expresado hoy sus dudas de que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ha anulado algunos contenidos de la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC) pueda ser recurrida al Tribunal Supremo, ya que se trata de una norma autonómica.

Dichas fuentes han explicado a Efe que lo resuelto en la sentencia son disposiciones autonómicas, para las que la última instancia judicial es el TSJA, según la nueva redacción del Estatuto de Autonomía aprobada en referéndum en 2007.

La Abogacía del Estado en Andalucía ha remitido el tema a sus servicios centrales en Madrid para que valoren las posibilidades técnicas del recurso de casación al Tribunal Supremo y la Fiscalía de Sevilla estaba hoy estudiando el asunto, han añadido a Efe las citadas fuentes.

La única duda se refiere a si los contenidos de EpC anulados en Andalucía son técnicamente una norma autonómica, al ser reproducción de los decretos nacionales que desarrollaron la asignatura, según este análisis.

La sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA anuló el miércoles los contenidos de EpC en Andalucía que abordaban cuestiones como la ideología de género, la homosexualidad y las opciones vitales, que cree una "ilícita invasión" en la ética, el derecho y la moral.

La posible colisión de los decretos autonómicos andaluces con la legislación nacional ha hecho que la propia sentencia haya decidido plantear una cuestión de ilegalidad al Tribunal Supremo para que resuelva sobre los Reales Decretos nacionales que definieron los contenidos de la asignatura.

Se trata de un conflicto "procesal y de fondo que hay que estudiar en profundidad", según las fuentes consultadas, ya que, en caso de que no quepa recurso al Supremo, la Junta tendría que eliminar de los planes de estudio los contenidos anulados, pero por otra parte existe la paradoja de que la normativa estatal no está anulada.

El plazo para recurrir concluye a los diez días hábiles de la fecha de la sentencia, es decir el próximo 15 de mayo.

El abogado sevillano que presentó la demanda, Carlos Seco, ha coincidido con este análisis y ha dicho a Efe que "no le parece muy coherente" que la Junta haya anunciado un recurso al TS cuando el Estatuto de Autonomía establece que el TSJA sea la última instancia judicial en el territorio autonómico.

El letrado ha hecho un ofrecimiento a la consejería de Educación para "sentarnos, negociar y elaborar una asignatura que satisfaga a todo el mundo, haciendo bueno uno de los objetivos en los que pone más énfasis la Educación para la Ciudadanía, que es resolver los conflictos de forma dialogada"

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