Real Decreto 275/2019, de 12 de abril, por el que se indulta a don Gabriel Arenas Toboso.
Visto el expediente de indulto de don Gabriel Arenas Toboso, promovido por la Real, Pontificia, Antiquísima, Ilustre, Franciscana y Penitencial Hermandad y Cofradía del Señor Atado a la Columna y de Nuestra Señora de la Fraternidad en el Mayor Dolor de Zaragoza, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Albacete, en sentencia de 16 de diciembre de 2011, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas a la pena de un año de prisión con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de abril de 2019,
Vengo en indultar a don Gabriel Arenas Toboso la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de un año desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 12 de abril de 2019.
Real Decreto 276/2019, de 12 de abril, por el que se indulta a don Isaac Benítez Suárez.
Visto el expediente de indulto de don Isaac Benítez Suárez, promovido por la Hermandad de Jesús Cautivo de Oviedo, condenado por el Juzgado Central de lo Penal de Madrid (Audiencia Nacional), Auto de reconocimiento y ejecución en España de la Sentencia Penal UE, de fecha 30 de septiembre de 2016, como autor de un delito de tráfico de drogas a la pena de seis años y nueve meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2015, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de abril de 2019,
Vengo en indultar a don Isaac Benítez Suárez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 12 de abril de 2019.
Visto el expediente de indulto de doña Rocío de las Nieves García Guzmán, promovido por la Cofradía de Nuestra Señora de la Soledad y Descendimiento del Señor de Granada, condenada por la Audiencia Provincial de Granada, sección primera, en sentencia de 20 de febrero de 2015, como autora de un delito contra la salud pública a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de quince mil euros, por hechos cometidos en el año 2014, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de abril de 2019,
Vengo en indultar a doña Rocío de las Nieves García Guzmán la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 12 de abril de 2019.
Real Decreto 278/2019, de 12 de abril, por el que se indulta a don Francisco Guerrero García.
Visto el expediente de indulto de don Francisco Guerrero García, promovido por la Cofradía de Nuestra Señora de la Piedad y del Santo Sepulcro de Zaragoza, condenado por la Audiencia Provincial de Zaragoza, sección primera, en sentencia de 28 de abril de 2016, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de dos años de prisión y multa de doce mil euros, y un delito de receptación a la pena de seis meses de prisión y, en ambos casos, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de las condenas, por hechos cometidos en el año 2014, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de abril de 2019,
Vengo en indultar a don Francisco Guerrero García las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 12 de abril de 2019.
Real Decreto 279/2019, de 12 de abril, por el que se indulta a don José Manuel López Muñoz.
Visto el expediente de indulto de don José Manuel López Muñoz, en virtud de exposición elevada en cumplimiento del privilegio otorgado por el Rey Carlos III a la Cofradía de Nuestro Padre Jesús El Rico, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga, sección novena, en sentencia de 25 de septiembre de 2017, como autor de un delito de tráfico de sustancias estupefacientes a la pena de tres años de prisión con la accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 10.001,04 euros, por hechos cometidos en el año 2016, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de abril de 2019,
Vengo en indultar a don José Manuel López Muñoz la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 12 de abril de 2019.
Real Decreto 280/2019, de 12 de abril, por el que se indulta a doña Melodi Plantón Gómez.
Visto el expediente de indulto de doña Melodi Plantón Gómez, promovido por la Fervorosa y Trinitaria Hermandad del Santísimo Sacramento y Cofradía de Nazarenos de Nuestro Padre Jesús Cautivo y Rescatado, Nuestra Señora del Rosario Doloroso, San Juan de Mata, San Ignacio de Loyola de Sevilla, condenada por el Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga, en sentencia de 5 de diciembre de 2014, como autora de un delito de hurto a la pena de un año de prisión con accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2014, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de abril de 2019,
Vengo en indultar a doña Melodi Plantón Gómez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de un año desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 12 de abril de 2019.