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Los obispos de Arizona aplauden la ley que prohíbe los abortos por anomalías genéticas en los no nacidos

*Los artículos de opinión expresan la de su autor, sin que la publicación suponga que el Observatorio del Laicismo o Europa Laica compartan todo lo expresado en el mismo. Europa Laica expresa sus opiniones a través de sus comunicados

Los obispos católicos de Arizona han aplaudido la aprobación de una ley estatal que, según ellos, ayudará a las madres y a los niños no nacidos y salvará vidas. La ley firmada el 27 de abril por el gobernador Doug Ducey, católico, prohíbe sobre todo los abortos realizados únicamente por una anomalía genética no letal, como el síndrome de Down. Dicho estado ya prohíbe los abortos selectivos por raza y sexo.

La ley también confiere a los niños no nacidos todos los derechos civiles que se conceden a los nacidos.

«La ley SB 1457 continúa el legado de Arizona como el estado más provida del país y establece que las leyes de Arizona se interpretarán en el contexto de la valoración de toda vida humana», dijeron los obispos de Arizona en una declaración publicada el 27 de abril.

«Esta legislación espera el día en que se anule el caso Roe v. Wade y muestra la preocupación tanto por los niños no nacidos como por sus madres».

Los obispos de Arizona son Edward Weisenburger, de Tucson, Thomas Olmsted y Eduardo Nevares, de Phoenix, James Wall, de Gallup, y John Pazak, de la Eparquía Rutena de Phoenix.

Cualquier médico que practique un aborto tendrá que rellenar una declaración jurada en la que afirme que no aborta al bebé debido a una anomalía no letal, y el médico deberá informar a la mujer de que es ilegal hacerlo.

El médico que realice un aborto debido a una anomalía genética será acusado de un delito grave, a menos que se haya hecho «en una emergencia médica». La mujer a la que se le practique el aborto no será responsable penalmente.

La nueva ley también contiene otras disposiciones provida, como la prohibición de que las instituciones educativas públicas, incluidas las universidades, realicen abortos. También permitirá al padre o al abuelo materno presentar una demanda si se aborta a un niño; y obliga a incinerar o enterrar los restos fetales después de un aborto, con el método que elija la madre.

La ley también prohíbe la entrega de fármacos inductores del aborto -es decir, «la píldora abortiva»- a través del correo, y aclara que un aborto sólo puede ser prescrito por un médico tras un periodo de espera de 24 horas.

«Arizona ya cuenta con una ley que protege la vida humana desde el momento de la concepción, y la ley SB 1457 mantiene esta excelente ley sin convertir a la madre en una criminal», continuaron los obispos.

«Por todas las razones anteriores, creemos que el SB 1457 ayudará a las madres y a sus bebés por nacer, a la vez que salvará vidas. En consecuencia, también agradecemos a la senadora Nancy Barto [R-Phoenix] por patrocinar este proyecto de ley y a todos los legisladores que votaron a favor», concluyeron los obispos.

El proyecto de ley pasó por varias revisiones en la legislatura, incluida una enmienda que aclaraba que la cláusula de «personalidad» que otorga derechos civiles a los niños no nacidos no equivale a una prohibición de la fecundación in vitro en el estado.

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