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Los comités bioéticos de Cataluña y Andalucía rechazan la objeción en bloque a la eutanasia que propone la Iglesia

Los dos organismos autonómicos, en informes opuestos al del Comité de Bioética estatal, rechazan la posibilidad de una objeción institucional que pueda imponerse a los trabajadores de los centros sanitarios con un ideario.

El enfoque del Comité de Bioética estatal sobre la objeción de conciencia ante la Ley de Eutanasia no es, ni de lejos, unánime en el campo de la bioética. Al menos dos comités autonómicos, los de Andalucía y Cataluña, se oponen a la polémica objeción de conciencia en bloque –de carácter institucional y no de cada individuo– a la que pretende acogerse la Iglesia católica y que sí cuenta con el apoyo del comité estatal.

La Ley de Eutanasia, aprobada en marzo con el voto en contra de PP y Vox, reconoce el derecho a la objeción de conciencia, pero recalca que es “una decisión individual”. El manual de buenas prácticas del Consejo Interterritorial de Salud abunda en esa definición y añade que “no podrá discriminarse a ningún profesional sanitario que haya declarado su condición de objetor”. El código ético de la Organización Médica Colegial también considera que “no es admisible una objeción de conciencia colectiva o institucional”.

Todo ello choca con las pretensiones de la Conferencia Episcopal, que ha solicitado el reconocimiento de los hospitales y residencias católicas como “zonas libres de eutanasia”. Se trata de un posicionamiento relevante. La última memoria de la CEE cifra en 878 las “casas para ancianos, enfermos crónicos y personas con discapacidad” y en 69 los hospitales de la Iglesia, sumando casi 850.000 usuarios. Además, cinco agentes católicos de peso en el mapa sanitario han suscrito un manifiesto de rechazo a la aplicación de la norma, que advierten no estar “dispuestos” a aplicar: la Orden de San Juan de Dios, la Federación Nacional Lares, Hospitales Católicos de Madrid, la Orden de Religiosos Camilos y la Conferencia Española de Religiosos (Confer). Sólo la Fundación Lares aglutina más de 1.000 centros y servicios.

El Comité de Bioética, a través de un informe de 21 de julio, ha dado aval a las posiciones de la Iglesia y los grupos católicos, que a juicio de la asociación Derecho a Morir Dignamente van a “generar problemas” para la aplicación de la ley. El comité, presidido por Federico de Montalvo, defiende la objeción institucional o colectiva y concluye que el “ideario” de una “persona jurídica” puede funcionar como “un límite” a la “libertad” de su trabajador cuando este atenta contra dicho ideario. Ante un posible acto eutanásico, “no cabe esgrimir tal libertad”, añade. Es decir, los centros de la Iglesia “son titulares de la objeción de conciencia en su condición de titulares de un ideario”, el cual “puede imponerse a sus trabajadores”. El comité defiende además que las entidades religiosas objetoras deben poder seguir recibiendo dinero público por conciertos.

Tras la publicación en infoLibre de su posición a favor de la objeción colectiva, el comité estatal ha sido acusado por la exministra de Sanidad María Luisa Carcedo (PSOE) de guiarse por “las creencias personales de sus miembros” y por Javier Velasco, presidente de Derecho a Morir Dignamente, de ser usada como “herramienta” por la “jerarquía católica”.

La objeción “no puede imponerse”

Como ha comprobado este periódico, la posición sobre la objeción del Comité de Bioética, que ya se opuso en un informe en 2020 a que la eutanasia fuera un derecho, difiere de la expresada por al menos dos organismos similares de ámbito autonómico.

El comité andaluz señala que “la objeción de conciencia se ejerce de manera individual, no colectivamente”. “La conciencia moral tiene su origen en la libertad individual y tiene un carácter autónomo […]. El individuo apela a la objeción de conciencia cuando un comportamiento concreto que le exige una norma externa colisiona gravemente con los mandatos de su propia conciencia, y lo hace para evitar esa colisión. Por eso la objeción de conciencia no puede imponerse colectivamente en ninguna institución. Es un posicionamiento estrictamente personal para preservar la libertad de conciencia de uno mismo, no de otros”, señala el comité, que añade que “la objeción de conciencia se desnaturaliza si se interpreta políticamente como herramienta para cambiar instituciones o leyes o para evitar que se lleven a cabo comportamientos que sean considerados moralmente inaceptables”. A diferencia del comité estatal, que considera que incluso los celadores pueden ser objetores, el andaluz recalca que sólo afecta a los “profesionales sanitarios” que están “directamente implicados en la prestación”.

El informe del comité andaluz sobre objeción de conciencia es del mes de abril, es decir, es anterior al estatal. Su contenido fue citado por Leonor Ruiz Sicilia, miembro del Comité de Bioética estatal, en un voto discrepante en el informe estatal. Para Ruiz Sicilia, miembro también del comité andaluz, la conciencia moral “habita de la piel hacia dentro de un ser humano concreto donde es única, y desde donde conforma en ese individuo, y no en otro, la experiencia originaria del deber”. Es decir, no cabe la objeción de conciencia colectiva.

En cuanto a las entidades religiosas con concierto público, “el tema es de mayor calado”, recalca el voto discrepante: “Estas instituciones reciben recursos públicos y el conflicto se plantea entre el derecho […] a que se respeten sus idearios institucionales y el derecho de la ciudadanía, que no las eligió, a recibir las prestaciones que la ley les garantiza”. A juicio de Ruiz Sicilia, son necesarios contratos “claros, públicos y transparentes”.

“Personal, individual e intransferible”

El informe del comité catalán señala que “la objeción de conciencia es personal, es decir, individual e intransferible” y “no puede nunca consistir en la negación de la prestación”, porque de ese modo “se estaría imponiendo a la ciudadanía, que es moralmente plural, una opción moral particular”.

El dictamen señala que “todas las instituciones que gestionan servicios sanitarios, sociosanitarios o residenciales” deberían “cumplir con las prestaciones de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud” si trabajan con un convenio o concierto. “Si […] no aceptan aplicar la ley, poniendo su ideario por encima del consenso social patente en la norma, no sólo no respetarían la autonomía del paciente, sino que le impondrían un criterio ajeno”, señala el informe, que recalca que “la negativa a atender su petición [de eutanasia] por permanecer fieles a su ideario dejaría desprotegido, o dificultaría, el derecho de las personas que atienden”.

El informe del Comité de Bioética de Cataluña, que al igual que el andaluz evita citar expresamente el conflicto con la Iglesia católica y los centros religiosos, es compartido y firmado también por el Comité de Ética de Servicios Sociales de Cataluña. El texto señala que “no es aceptable” que una “incompatibilidad ideológica” acabe por “imponer al paciente unas incomodidades añadidas, como traslados a domicilio o a otros clínicas, forzando su voluntad”. “Poner el ideario de la organización por encima del compromiso de servicio hospitalario o asistencial, que siempre debe ser respetuoso con la autonomía de la persona, infravalora el hecho de que es la relación asistencial la que legitima la razón de ser de estas instituciones”, añade el informe, para el que la ciudadanía vería lesionados sus derechos al ver cómo “hay organizaciones que, amparándose en su ideario, deciden no acatar leyes prudentes y garantistas de derechos, haciendo un agravio al principio de igualdad ante la ley”.

El dictamen catalán señala el riesgo de que se cree un “ambiente de fuerte presión profesional” sobre los profesionales de estos centros que, en la práctica, “obligue a objetar”. “El profesional que trabaja en organizaciones que niegan el derecho a la eutanasia podría sentir que incurre en mala praxis si el respeto a la autonomía del paciente, a la que se debe deontológicamente, se viera obstaculizado por un tercero que impone un ideario”, señala el documento, con fecha de 22 de julio, es decir, un día después del informe del comité estatal. El informe señala además que “imponer a los profesionales de la institución un ideario o unos valores determinados por encima de la ética profesional […] entorpece el ejercicio profesional”. Los derechos del profesional se verían “lesionados”, al no “obrar en conciencia sino por imposición o presión laboral”.

El comité catalán hace un llamamiento al diálogo entre las organizaciones opuestas a la ley y las autoridades sanitarias para encontrar “puntos de acuerdo” y para garantizar “que no haya presiones para hacer objetar los profesionales” de estas instituciones y que “se les den facilidades para que actúen en conciencia”. El informe catalán tiene un voto discrepante, de Joan Viñas Salas, que entre sus argumentos señala que las “instituciones” también tienen “principios” que preservar.

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