El Supremo consideró tras un largo pleito judicial que la Diócesis había inmatriculado el templo sin que le correspondiese su titularidad.
El pasado 12 de abril, en la notaría de Juan José Pedraza Ramírez se firmaba un acta “de expediente de dominio para inmatriculación” de una de las iglesias más importantes de Córdoba: San Pablo. A diferencia de lo que ha ocurrido con prácticamente todos los templos religiosos de España donde se practica el culto católico, la iglesia de San Pablo no se ha inscrito a nombre ni de la Diócesis de Córdoba ni del Cabildo. Ha sido la entidad religiosa de los misioneros claretianos (técnicamente llamados Provincia Religiosa de Fátima de la Congregación de Misioneros Hijos del Inmaculado Corazón de María) los que han dicho que el templo es de su propiedad.
El caso de los claretianos contra el Obispado de Córdoba procede de un largo pleito judicial y que sirve a muchas de las asociaciones, plataformas, colectivos, ciudadanos y partidos como un precedente para reclamar la nulidad de algunas de las inmatriculaciones de la Iglesia Católica en España. Los claretianos decidieron ir a los tribunales a principios del siglo XXI cuando comprobaron en el Registro de la Propiedad que la Diócesis de Córdoba había puesto a su nombre un templo que venían ocupando, gestionando y usando desde hacía siglos. En primera instancia, un juzgado de Córdoba le dio la razón al Obispado, pero se la quitó la Audiencia Provincial. El caso acabó en el año 2011 en el Tribunal Supremo, que acabó revirtiendo la inmatriculación y le dio la razón a los claretianos.
Ahora, una década después, los claretianos han acudido al notario para dar publicidad a un acto que acabará en el Registro de la Propiedad. El edicto está colgado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Córdoba para que en el plazo de un mes “cualquier interesado o particular” podrá presentar alegaciones o impugnar la propiedad. En caso contrario, los claretianos acudirán al Registro de la Propiedad y pondrán a su nombre una finca de 6.953 metros cuadrados. Dentro de ese solar, está la iglesia de San Pablo y el convento.
La iglesia de San Pablo, en la calle Capitulares, fue construida asociada al convento por los dominicos. Estos fueron expulsados. En el siglo XIX el Obispado se hizo cargo del espacio, en gran parte en ruinas, hasta que lo entregó a finales del siglo XIX a los claretianos, que lo reconstruyeron. Los dominicos intentaron, sin éxito, que se les devolviese la titularidad y se presentaron recursos ante el Tribunal de La Rota, que fueron rechazados.
El Supremo consideró que el templo es propiedad de los claretianos tras la cesión del Obispado a su favor en el siglo XIX y por tanto acabó anulando la inmatriculación, que se basó en la reforma de la Ley Hipotecaria de los años noventa promovida por el Gobierno de José María Aznar. La inmatriculación de San Pablo, de hecho, es contemporánea a la de la Mezquita Catedral.