Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

Llegan las licencias exprés para poder abrir templos religiosos

La nueva ordenanza urbanística entrará en vigor el viernes y permitirá iniciar la actividad en sólo un mes

La nueva ordenanza de licencias urbanísticas del Ayuntamiento de Alicante entrará en vigor a finales de semana y, entre las novedades que introduce, está la de agilizar la apertura de templos religiosos, ya que a partir de ahora no será necesario conceder la licencia de actividad, sólo la de obra y que los solicitantes acrediten que están inscritos en el registro de actividades religiosas del Ministerio de Justicia. Eso supondrá que el plazo de tramitación pasará de nueve meses a sólo un mes y medio. Además, los templos religiosos tienen la posibilidad de instalarse en los bajos de los edificios de viviendas, puesto que aunque el Plan General en trámite lo prohíbe la suspensión de licencias en esos casos se levantó hace más de un año.

Hasta ahora, para abrir un local de culto la tramitación era de nueve meses (uno para conseguir un certificado de que el lugar es compatible con la actividad, uno o dos meses más para la licencia de obra, otros seis para la de actividad y un mes más para que los técnicos realicen las comprobaciones antes de poder abrir). A partir de ahora, el tiempo para obtener el certificado de compatibilidad se reduce a 15 días, mientras que la licencia de obra es inmediata -a través de una declaración responsable donde el solicitante entrega la documentación y se compromete a cumplir con todos los requisitos-. Al haberse suprimido la necesidad de disponer de una licencia de actividad, las entidades sólo deben presentar una declaración responsable previa al inicio de la actividad y esperar un mes des para que los técnicos de Urbanismo certifiquen que se cumplen todas las exigencias en materia de seguridad o accesibilidad, entre otras. Pasado ese mes y siempre y cuando la obra se adapte a la legalidad, podrá iniciarse la actividad.

También se introducen novedades en la tramitación de las aperturas de los clubes de fumadores, dado que tampoco necesitan licencia como tal, solo la necesitarían si tienen cocina o música y sería de bar.

La ordenanza supone adaptar las licencias a la nueva normativa y así, por ejemplo, regula las licencias exprés que Urbanismo ya se venía dando desde hace un año atendiendo a las normas autonómicas. Por ejemplo, para la apertura de negocios como carnicerías, pescaderías o tiendas de ropa, que pueden abrir de forma inmediata con la presentación de una declaración responsable. También para las rehabilitaciones de edificios, como se viene haciendo desde hace un año. En estos últimos casos, si bien antes había que esperar al menos dos meses para la licencia de obras, ahora las actuaciones pueden comenzarse de forma inmediata con la declaración responsable.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share