Los recurrentes piden al Tribunal de Estrasburgo que se pronuncie sobre el caso que sienta un precedente al finalizar el investigado «unilateralmente el proceso penal solicitando la muerte asistida», según denuncian
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) tendrá que pronunciarse sobre el caso de Marin Eugene Sabau, el preso con tetraplejia que ha evitado con la eutanasia ir a juicio por cuatro delitos de tentativa de homicidio, atentado contra agente de la autoridad y tenencia ilícita de armas por disparar a tres compañeros suyos de la empresa Securitas de Tarragona y a un agente de los Mossos d’Esquadra que intentó detenerle en su huida.
Este martes, el equipo médico del Hospital Penitenciario de Terrassa (Barcelona) certificó su muerte culminando el proceso de muerte asistida. Las víctimas del suceso, que intentaron paralizar el proceso médico para que Sabau se sometiera a juicio por el ataque en el que quedó tetrapléjico al ser reducido a tiros por los mossos, han presentado una demanda contra España ante el Tribunal de Estrasburgo. Lo han hecho después de que el Tribunal Constitucional inadmitiera el pasado 8 de agosto un recurso de amparo, en el que vieron vulnerado su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva después de que la Audiencia de Tarragona considerara que no tiene competencia para paralizar un procedimiento de muerte asistida autorizado conforme a los requisitos de la reciente ley de eutanasia.
En la demanda ante el TEDH, presentada por José Antonio Bitos, el representante legal del agente de los Mossos al que alcanzaron las balas del conocido como «pistolero de Tarragona», se expone que «el objeto del debate es si el investigado, durante la pendencia del proceso y sin que se dé ningún tipo de motivo para el sobreseimiento provisional o libre de las actuaciones sino todo lo contrario puede unilateralmente finalizar con el proceso penal solicitando la muerte asistida, según se puede leer en la demanda a la que ha tenido acceso El Independiente. Insiste en que al permitir la muerte del investigado se han vulnerado los derechos a la tutela judicial efectiva y el derecho fundamental a la vida y la integridad física de los demandantes.
Sienta un precedente
Los recurrentes piden al Tribunal de Derechos Humanos que se pronuncie sobre si prevalece el derecho a la eutanasia solicitada por el investigado o a conocer la verdad de las víctimas. Es decir, a que se celebre un juicio penal, destacando que el caso sienta un precedente puesto que la ley de eutanasia española no refleja como motivo de suspensión del proceso de muerte asistida la condición de investigado o preso preventivo del solicitante.
«No existe ningún precedente donde el máximo garante de la Constitución se haya podido pronunciar sobre la ponderación del derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho fundamental a la vida de las víctimas de un delito con el derecho fundamental a la integridad física y moral del investigado que decide solicitar autorización para acabar con su vida, conllevando la crisis anticipada del proceso judicial», trasladan en el recurso que se resolverá con el investigado ya muerto.
«Es necesario que este Tribunal se pronuncie en este supuesto sobre los límites de los derechos fundamentales que colisionan con el fin de establecer una doctrina jurisprudencial al respecto: «¿qué debe preponderar? ¿El derecho a la integridad física o moral del investigado que solicita la eutanasia, o el derecho a la tutela judicial efectiva de las víctimas en su vertiente del derecho a un proceso, a un juicio justo y a una resolución fundada en Derecho?», reclaman al Tribunal de Estrasburgo.