Las noticias que se estaban difundiendo sobre las inmatriculaciones de propiedades, que los obispos españoles venían haciendo en los últimos años, hoy se nos informa que, efectivamente, tales inmatriculaciones se han producido, según informa el Colegio de Registradores de España. Un total de 34.964 propiedades han sido puestas a nombre de la Iglesia católica. De esa importante cantidad de apropiaciones, oficialmente reconocidas, 18.535 son templos. Las demás son edificios, locales, terrenos y propiedades de distinta índole.
Este es el hecho que Religión Digital ha difundido, hace unas horas. Puntualizando, además, que los obispos españoles, al apropiarse esa importante cantidad de templos y otras propiedades, no contaban con más prueba de autenticidad que la palabra del Ordinario del lugar. Es decir, la Iglesia no tiene más documento o prueba que la palabra del Obispo.
Yo no soy jurista. Ni tengo ningún tipo o modelo de autoridad, desde el punto de vista de lo que representa la propiedad legal, para emitir un juicio sobre este asunto tan delicado. Yo he dedicado mi vida al estudio y la enseñanza de la Teología cristiana. Y hablo desde ese punto de vista. Porque han sido nuestros obispos quienes han gestionado y han pretendido justificar el hecho de apropiarse legalmente esa cantidad enorme de propiedades, muchas de ellas auténticos monumentos nacionales.
Ahora bien, planteado así el problema, lo primero que tengo que decir es que, desde el punto de vista de la Teología cristiana, los obispos no han sido constituidos como tales, para que sean propietarios de los bienes de la Iglesia, sino para que sean sucesores de los apóstoles y testigos del Evangelio. El oficio que ejercen no es el de “propietarios” de una determinada fortuna, sino “testigos” de un mensaje. Diga lo que diga la legislación de la Iglesia, los obispos deben saber y deben cumplir, ante todo, con el Evangelio de Jesucristo. Y si la legislación de la Iglesia se opone al Evangelio, los obispos son los primeros que deben ser fieles al Evangelio, antes que aprovecharse de normas y leyes que les convienen a ellos.
Así las cosas, los obispos deben saber que el Señor Jesús dijo que “los verdaderos adoradores no darán culto a Dios “ni en este monte ni en Jerusalén”, sino que “dan culto al Padre en espíritu y verdad” (Jn 4, 21-24). Es más, como es bien sabido, Jesús se enfrentó violentamente al templo, hasta el extremo de que, látigo en mano, llegó a decir que habían hecho del templo, una “cueva de bandidos” (Mc 11, 15-19 par).
Pero no es esto lo más importante. Lo más claro, que los obispos de la Iglesia deben tener siempre muy presente es que ellos son “sucesores de los apóstoles”. Y como tales, tienen que ser fieles a lo que el Evangelio les manda a los “apóstoles”: que vayan por la vida de forma que “no lleven ni oro, ni plata, ni calderilla, ni siquiera una alforja para el camino”(Mt 10, 9-10 par). Jesús les llama para que “le sigan”. Y el “seguimiento” de Jesús lleva consigo, como primera y esencial condición, poner toda nuestra seguridad en Jesús y su Evangelio. Todo lo que no sea esto, es anteponer nuestro interés a la voluntad divina.
Por lo tanto, ¿cómo y en qué justifican nuestros obisposesa apropiación de bienes, que Dios, por boca de Jesucristo, les prohibió tener? Y que no digan que una “Religión” tiene gastos y necesita propiedades para ejercer el apostolado y la caridad. El apostolado es, ante todo, la ejemplaridad de vida, que tienen que dar, ante todo, los obispos, en este mundo tan egoísta. Y la “religiosidad” que tienen que difundir ante todo es la que nos enseña el Nuevo Testamento: “Religión pura y auténtica a los ojos de Dios Padre es ésta: mirar por la huérfanos y viudas en sus necesidades y no dejarse contaminar por el mundo” (Sant 1, 26-27).
Cuando el Apostolado Episcopal se degenera y, en lugar de ejemplaridad, se erige en dignidad y propiedades, ¿no es eso equivalente a despreciable degeneración del Evangelio que interesa cada día menos a la gente?
José María Castillo. Teólogo
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