El proyecto de ordenanzas fiscales para 2016 suprime la bonificación que tienen estas entidades en la cuota del impuesto de Construcción para poder levantar sus casas hermandad
El Ayuntamiento va a suprimir la bonificación del 50% de la cuota del impuesto de la Construcción (ICIO) que existe en favor de las cofradías y hermandades de la Agrupación de Cofradías de la Semana Santa, para la construcción de sus respectiva sedes o casas hermandad.
El proyecto de ordenanzas fiscales para 2016 recoge la supresión de esta ayuda fiscal de la que se han beneficiado muchas cofradías en los últimos años para levantar sus sedes. La supresión de esta ayuda es una reclamación del grupo de Izquierda Unida, que venía requiriendo en los últimos años su eliminación por entender que se trataba de un beneficio insólito e impropio en una sociedad laica y porque suponía un agravio con otras entidades que no gozaban de dicho beneficio.
La eliminación de esta ayuda forma parte de las negociaciones llevadas por el equipo de gobierno del Ayuntamiento con el resto de grupos de la oposición para consensuar el proyecto de ordenanzas fiscales y cuenta con el visto bueno del resto de los grupos municipales, incluido el equipo de gobierno.
En las ordenanzas actuales, que estarán vigentes hasta el 31 de diciembre, se señala en relación al Impuesto de Construcción que «siempre que se suscriba el oportuno convenio de colaboración para ello, gozarán automáticamente de una bonificación del 50 por 100 de la cuota del impuesto, las construcciones que sean promovidas por cofradías y hermandades agrupadas en la Agrupación de Cofradías de la Semana Santa de Málaga para albergar sus respectivas sedes».
Una vez que se suprima este beneficio a partir del 1 de enero, las cofradías sí podrán seguir beneficiándose de las ayudas fiscales que contempla la ley 49/22 de 2002, que regula el régimen fiscal y los beneficios y exenciones a que pueden acogerse las entidades sin ánimo de lucro y de interés general, entre las que se encuentran las cofradías y hermandades por su actividad social y humanitaria.
El proyecto de ordenanza fiscal, a la vez que decreta la eliminación de los beneficios específicos y singulares de las cofradías en el pago del impuesto de Construcción, recuerda que con independencia de ello, pueden seguir disfrutando de todos los beneficios fiscales que reconoce la ley 49/22.