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Las claves para entender qué plantea el Gobierno sobre el aborto legal en Colombia

Voces a favor y en contra surgieron en Cali luego que el Ministerio de Salud publicara el borrador de la resolución en el que se establecen las bases definitivas para acceder al aborto legal en Colombia.

En el documento, el Gobierno fijó los lineamientos y las rutas de atención para las mujeres que deseen acceder a esta práctica en los tres casos que despenalizó la Corte Constitucional desde el año 2006.

Al respecto el ministro de Salud, Juan Pablo Uribe y el viceministro Iván Darío González, resaltaron que la resolución presentada no tiene ninguna novedad, sino que recopila en un solo documento lo que se ha legislado sobre el tema en los trece años que han pasado desde la emisión de la sentencia del alto tribunal.

Asimismo, aclararon que la publicación del borrador de la resolución no está dando pie para que haya una legalización definitiva del aborto en Colombia y que bajo ninguna circunstancia habrá sanciones penales hacia el personal médico que se declare objetor de conciencia.

“En abril de este año, la Corte Constitucional pidió al Ministerio de Salud unificar la reglamentación y la manera en la que se implementa en esos casos excepcionales la interrupción voluntaria del embarazo”, precisó Uribe.

El abogado constitucionalista Héctor Riveros, hizo hincapié en que la petición de la Corte Constitucional al Ministerio de Salud para que expidiera la reglamentación del aborto, está basada en que las mujeres encuentran muchas barreras para acceder a esta práctica en los tres casos permitidos.

“Las directrices de esta resolución las deberán cumplir de manera obligatoria los agentes del sistema de salud para facilitarle el ejercicio del derecho a las mujeres que quieran abortar”, afirmó Riveros.

Posiciones encontradas

Nancy Arias, pedagoga y feminista, señaló que el borrador de la resolución es una ratificación a la lucha de las mujeres por su autonomía y por sus derechos sexuales y reproductivos.

“Nosotras no nos debemos sentir obligadas a ejercer una maternidad que arriesga nuestras vidas, nuestra felicidad, o que es producto de una violencia, como suele suceder con tanta frecuencia en nuestro país”, dijo Arias.

Entre tanto, Norma Bermúdez, activista por los derechos de las mujeres, señaló que lo que hizo el Ministerio de Salud al publicar la resolución del aborto fue cumplir con el mandato de la Corte Constitucional, pero que a nivel legislativo no hay ningún cambio ni ningún avance en materia de derechos.

“Lo que se hizo fue ratificar lo que ya existe hace diez años. Sin embargo, es importante saber que la reglamentación no garantiza que se eliminen las barrearas que tienen las mujeres para acceder al aborto en los casos permitidos por la Corte Constitucional”, puntualizó Bermúdez.

Entre tanto, otros sectores de la sociedad rechazaron el proyecto del Gobierno que busca reglamentar el aborto. De hecho, ayer, al frente del Hospital Universitario del Valle, HUV, un grupo de mujeres realizó un plantón para defender el derecho a la vida.

Lina Herrera, líder del movimiento ‘40 días por la vida’ y una de las organizadoras de la manifestación, aseguró que con ese documento se está coartando la libertad de consciencia, la libertad de expresión y la libertad de profesar la fe.

“Nosotros abordamos a mujeres que tienen embarazos en crisis para que ellas desistan de abortar y, desde hace cuatro años que está la campaña en Colombia, hemos salvado 286 bebés de esa práctica”, dijo Herrera.

Por su parte, Ariel Castro, pastor de la iglesia cristiana Casa sobre la roca, sostuvo que “nadie tiene derecho de atentar contra la vida” y que los milagros existen cuando los bebés vienen con malformaciones o cuando la vida de sus madres está en riesgo.

Causales de aborto

La interrupción voluntaria del embarazo es permitida en Colombia en los tres casos que contempló la Corte Constitucional en la sentencia C-355 de 2006, que son:

  • Embarazo producto de un acceso carnal o acto sexual sin consentimiento.
  • Malformación incompatible con la vida del feto.
  • Riesgo para la vida o la salud física y mental de la madre.

Vale la pena precisar que en ninguna de estas tres situaciones el alto tribunal ha fijado plazos para que las mujeres ejerzan ese derecho reconocido como fundamental.

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