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El Observatorio recoge toda la documentación que detecta relacionada con el laicismo, independientemente de la posición o puntos de vista que refleje. Es parte de nuestra labor observar todos los debates y lo que se defiende por las diferentes partes que intervengan en los mismos.
Laicidad y no discriminación son dos conceptos claves en momentos como el actual, en el que las polarizaciones sociales son una realidad, y cuya superación, requiere de diálogos y soluciones democráticas.
El 21 de marzo es uno de esos días en el calendario repleto de motivos para la conmemoración, la más popular, la salida del frío invierno, aunque cada vez menos, y la llegada de la primavera, etapa de renovación de la naturaleza y de sus colores, momentos muy apreciados desde las épocas remotas y antiguas, sobre todo, por sus mediciones del tiempo y una serie de fenómenos astronómicos únicos de este día.
En el calendario político, se rememora el natalicio de Benito Juárez, presidente de México e impulsor de las Leyes de Reforma y la Constitución de 1857, antecedentes históricos relevantes para la laicidad y los derechos humanos en el marco normativo mexicano. Mientras que en el ámbito internacional, se promueve la fecha como el Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, en remembranza de los sucesos de Sharpeville, Sudáfrica de 1960, en los que la policía abrió fuego y mató a 69 personas en una manifestación pacífica contra la ley de pases del apartheid, esa separación de la población con base en el color de su piel.
La fecha nos sirve para reflexionar sobre dos conceptos, la laicidad y la no discriminación, muchas veces olvidados o dados por hecho, pero que son clave en la conformación de las sociedades actuales en aras de la construcción de escenarios sociales más igualitarios y equitativos.
De acuerdo con Rodolfo Vázquez, la laicidad es la doctrina que sostiene la imparcialidad del Estado ante las diversas creencias de los ciudadanos en materia de religión o de convicciones metafísicas. Por lo que, las creencias religiosas o metafísicas, su transmisión y enseñanza, se localizan en el ámbito privado; al ser un derecho individual, se debe proteger la libertad ideológica; las faltas a la moral de inspiración religiosa no deberían tener una trascendencia política, ni mucho menos deben ser sancionadas jurídicamente; se debe privilegiar el criterio de argumentación y consentimiento de los individuos.
Sobre esto último, el teórico Michelangelo Bovero sostiene que la posibilidad de la existencia de una laicidad activa, en términos de tolerancia y antidogmatismo, responde a una ética en donde el principio de autonomía personal, en la mejor tradición liberal y democrática, ocupa un lugar central.
En uno de sus artículos, la académica del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Pauline Capdevielle, refiere sobre la existencia de la Declaración Universal de la Laicidad en el Siglo XXI, promovida y elaborada por Micheline Milot, Jean Baubérot, y Roberto Blancarte, entre cuyos puntos principales están que todas las personas tenemos derecho al respeto de nuestra libertad de conciencia y de su práctica individual y colectiva; asegurar un trato igualitario a los seres humanos y a las diferentes religiones y convicciones, entre otros puntos.
Además de definir a la laicidad como la armonización, en diversas coyunturas socio-históricas y geopolíticas, de tres principios: respeto a la libertad de conciencia y de su práctica individual y colectiva; autonomía de lo político y de la sociedad civil frente a las normas religiosas y filosóficas particulares y la no discriminación directa o indirecta hacia seres humanos.
Con respecto a la no discriminación, recientemente se publicó “Una teoría de la discriminación” (UAM 2023) de Jesús Rodríguez Zepeda, libro en el que el autor asegura que la comprensión del fenómeno discriminatorio requiere de múltiples miradas, “provenientes del derecho, la economía, la sociología, la antropología, la lingüística, la historiografía o la psicología, así como de otras disciplinas filosóficas como la filosofía del lenguaje”, para su análisis y discusión.
Su punto de partida es la filosofía política, comprendida como una disciplina cuya tarea es “formular las lecciones generales, las interpretaciones de largo aliento y, sobre todo, las ideas regulativas que pueden orientar el sentido general del cambio en los asuntos públicos de su momento histórico y, con ellos, el de buena parte de los asuntos privados que se les relacionan”.
Pero, a diferencia de otras obras filosóficas, la de Rodríguez Zepeda “responde a la experiencia mexicana de despliegue, a partir del inicio del siglo XXI, de una agenda social, política y legal de no discriminación capaz de enfrentar la poderosa historia discriminatoria de este país”.
Subdividida en ocho apartados, referentes a las definiciones contemporáneas de discriminación y de no discriminación, la no discriminación como teoría democrática, la no discriminación como teoría de la justicia, las agendas de no discriminación y la teoría rawlsiana de justicia, la discriminación y la acción afirmativa, la interseccionalidad y la teoría de la discriminación, la discriminación, el lenguaje y los discursos de odio y la dimensión estructural de la discriminación, y las conclusiones del autor con más de dos décadas de investigaciones en la materia.
Laicidad y no discriminación son dos conceptos claves en momentos como el actual, en el que las polarizaciones sociales son una realidad, y cuya superación, requiere de diálogos constantes, conducentes a soluciones democráticas, en el amplio sentido de la palabra democracia.