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La Plataforma Laicista de Jerez reclama el dominio público de la Catedral, la torre y del Reducto que el Obispado inmatriculó en 2003

En 1998 el Gobierno Central del Partido Popular, presidido por José María Aznar, modificó el Reglamento Hipotecario para permitir la inscripción de templos de culto en el registro de la propiedad, lo que hasta entonces no era posible por su naturaleza, históricamente pública. Para aprovechar esta nueva medida, la jerarquía católica, en nuestro caso, el obispado de Jerez, resucitó el uso de dos normas franquistas e inconstitucionales, aprobadas en 1946 y 1947: los artículos 206 de la Ley Hipotecaria y 304 del Reglamento Hipotecario. El primero equiparaba a la Iglesia con la Administración Pública, otorgándole el privilegio de acceder al registro de la propiedad sin título, el segundo, a los diocesanos con los notarios, de forma que un obispo puede certificarse a sí mismo que es el propietario de un inmueble atendiendo a lo que él mismo defienda.

Momento en el que se ofrece el comunicado a los medios.

Con fecha 1 de noviembre de 2003 el obispado de Jerez inmatriculó1 la Colegial bajo el amparo legal referido, lo que la desposeyó como propietario legítimo al pueblo de Jerez. Por 30 € el obispado se adjudicó una propiedad de un valor incalculable hoy día, riéndose del pueblo de Jerez que con tanto esfuerzo y sacrificio edificó su iglesia.

En efecto, según fuentes consultadas, desde 1695 en que de las ruinas de la antigua iglesia del Salvador se comienza a construir, hasta su inauguración en 1778, pasaron 83 años en los que a través de impuestos, donaciones y aportaciones del Ayuntamiento, el templo se elevó gracias al esfuerzo de la ciudadanía de aquella época, pero nunca al esfuerzo económico del cabildo jerezano.

  • Así, por aportación del Ayuntamiento sobre las dehesas por orden real en los años 1685, 1724, 1740 y 1753 se contribuye con un total de 1 368 000 reales de vellón que era un equivalente al valor de 390 casas de la época.
  • Por impuestos obligatorios, destinados a la obra de la Colegial, de 8 reales por cada bota de vino que saliese y el medio por ciento de toda la carga que entrase y quedase en la ciudad, y 2000 ducados que daba la ciudad cada año. Incluso en 1724 se concedió el 1,5 % de lo que entrase en aduana, excepto frutas y comestibles, durante 20 años.
  • Limosnas, especialmente la herencia del cardenal Manuel Arias.
  • Beneficio papal de que se destine a las obras las limosnas de las misas alcanzadas (cobradas pero no celebradas). Es decir, dinero de los jerezanos también.

Vista general de la catedral, torre y, en primer término, el reducto bajo.

En definitiva, el pueblo de Jerez costeó su catedral y el obispado se la quedó. Es necesario resaltar que la Plataforma Laicista de Jerez no se opone al uso religioso del templo sino a la apropiación de un inmueble común por una entidad privada. El caso de la Cartuja es paradigmático: un dueño, el Estado, un usuario, una orden religiosa.

Llamamos la atención también de la perfidia del obispado al inmatricular la catedral sin anunciar al pueblo de Jerez el acto de adjudicación. Un hecho de tal relevancia debería haber sido comunicado a Jerez y no llevado a cabo con el sigilo que se hizo.

Por otro lado, hay que resaltar igualmente que la Iglesia se ha adjudicado las calles adyacentes, las escalinatas y la torre en un afán acaparador que el Estado le ha permitido.

Por todo ello, exigimos la devolución de la propiedad del templo al pueblo de Jerez y que el Ayuntamiento delimite y pleitee, al menos, por la recuperación de las calles, escalinatas y la torre.


La Iglesia registró a su propiedad la Catedral de Jerez y la plaza que le da entrada “por 30 euros

La Voz del Sur

José Ramírez Labrador y José Abeledo González, esperan apoyados en las escalinatas que dan entrada a la Catedral de Jerez. En realidad están dejados caer sobre una propiedad de la Iglesia, tal y como figura en el registro de la propiedad. “Esta calle —Reducto Alto y Reducto Bajo— es propiedad del Obispado“, comenta Abeledo, que luego señala a la Torre de la Catedral. “La torre, por supuesto, también”. Son los portavoces de la Plataforma Laicista de Jerez, que reivindican “los tratos de favor y dejación de la función principal de lo público por parte de los gobiernos estatal, regional y municipal”. Es por esa misma circunstancia que este colectivo pide actuación inmediata del Ayuntamiento de Jerez para reclamar lo que consideran un bien de “dominio público”.

Fue en 1998 cuando el Gobierno de España, presidido por aquel entonces por José María Aznar, modificó el Reglamento Hipotecario, permitiendo la posibilidad de inscribir templos de culto en el registro de la propiedad, que hasta ese momento no era posible. Según la Plataforma Laicista de Jerez, esa circunstancia fue aprovechada por el Obispado de Asidonia-Jerez, que “resucitó el uso de dos normas franquistas e inconstitucionales, aprobadas en 1946 y 1947: los artículos 206 de la Ley Hipotecaria y 304 del Reglamento Hipotecario“. Desde la organización, afirman que el primero equipara a la Iglesia con la Administración Pública, permitiendo que pueda acceder al registro de la propiedad sin título, mientras que el segundo atribuye, para los laicistas, “a los diocesanos como notarios, de forma que un obispo puede certificarse a sí mismo que es el propietario de un inmueble atendiendo a lo que él mismo defienda”.

De esa forma, el 1 de noviembre de 2003 el Obispado de Asidonia-Jerez inmatriculó la antigua Colegiata de San Salvador “desposeyendo como propietario legítimo al pueblo de Jerez”. Una inscripción que según los laicistas le costó 30 euros a la Iglesia. “El obispado se ha adjudicado una propiedad de un valor incalculable hoy día, riéndose del pueblo de Jerez que con tanto esfuerzo y sacrificio edificó su iglesia”. En este sentido, Abeledo declara a lavozdelsur.es, que las investigaciones de Repetto Betes, quien fuera abad de la Catedral de Jerez y “quien no es sospechoso de estar con nosotros”, aclaró lo “costoso” que le salió al pueblo de Jerez la construcción del primer templo de la ciudad.

Abeledo recuerda que llegó a imponerse un impuesto obligatorio de 8 reales por cada bota de vino que saliese y el medio por ciento de toda la carga que entrase y quedase en la ciudad, así como “2.000 ducados cada año”. En esa línea, la Plataforma Laica recuerda que el Ayuntamiento por los años 1865, 1724, 1740 y 1753 por orden real contribuye sobre las dehesas con 1.368.000 reales de la época, lo que equivale al valor de 390 casas de la época. “Se llegó a conceder, desde 1724, el 1,5% de lo que entrase en aduana, excepto comestibles y frutas, durante 20 años”, afirma el activista así como hasta el dinero de las limosnas de las misas “por beneficio papal”.

“Los impuestos provocaron las protestas de los cosecheros de El Puerto y Sanlúcar, que no entendían porque tenían que pagar las obras de la Catedral de Jerez”, afirma Ramírez. “Nosotros no nos oponemos a que se siga dedicando al culto, lo único que reclamamos es sutitularidad pública, que sea un bien de dominio público”, explica mientras señala el suelo que pisa y critica que el Ayuntamiento de Jerez no haya movido “ni un sólo dedo” para reclamar “lo que es de todos los jerezanos”. “Es el pueblo de Jerez quien ha costeado esta catedral y el obispado se la ha quedado sin ni siquiera anunciarse, ni por parte del Ayuntamiento ni por parte del Obispado”, concluye Abeledo.

Abeledo y Ramírez con los documentos del registro de la propiedad. FOTO: MANU GARCÍA.

Según el registro de la propiedad, consultado por este medio a través de los documentos que aporta la Plataforma Laicista de Jerez, el registro de la Iglesia de la Catedral “integra” a la sita Catedral, Reducto Alto, Reducto Abajo y la Torre. Estas tres propiedades, que se describen en el registro de la propiedad, no tienen referencia catastral, a diferencia del templo jerezano, cuya referencia es 5636001-QA5653F-0001-QT. Para el conjunto de todas las propiedades el código registral único es 11018000376885. El registro especifica que el 100% es del pleno dominio de “la Iglesia Católica – Obispado de Asidonia-Jerez Q1100062G 1664 603 180 1, por título de adjudicación en virtud de certificación administrativa, autorizada por Administración/Ayuntamiento Obispo de la Diócesis de Asidonia-Jerez, el día 01/11/2003, inscrita el 09/12/03”.

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