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La mujer condenada por organizar la procesión del “Santo Chumino Rebelde” lamenta no haberle pintado unas esvásticas para evitar la condena

La Audiencia de Málaga ha corroborado la condena por delitos contra los sentimientos religiosos a la organizadora de la procesión del “Santo Chumino Rebelde” celebrada en 2013. El juez considera que en el acto no había un interés colectivo de crítica “porque la situación de la mujer está perfecta y no hay nada que criticar ni reivindicar”.

La defensa ha señalado que resulta sospechoso que, en este caso, la libertad de expresión esté por debajo de la ofensa de los sentimientos religiosos y que en casos de apología del fascismo, la libertad de expresión esté por encima del respeto a los derechos humanos.

“Si al final parece que la única libertad de expresión que nos va a quedar es la libertad de expresar sentimientos religiosos y fascistas, muy democrático todo”, declaraba la defensa.

La acusada, a la salida del juicio, ha anunciado que recurrirán la sentencia para que prevalezca la libertad de expresión y que la iglesia del Santo Chumino Rebelde seguirá activa y celebrando procesiones, pese a quien pese.

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