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La estructura arquitectónica del monasterio de Santa Comba de Naves, en la localidad de Palmés, en el Concello de Ourense. IÑAKI OSORIO

La justicia decidirá en breve quién es el titular del cenobio de Naves que una familia reclama

El Obispado de Ourense lo vendió a un director de banca en 2015, después de inscribirlo como su patrimonio | Particulares demandan la nulidad de la venta y defienden que la Iglesia lo traspasó “sabiendo que no era suyo”

La naturaleza sostiene los vestigios del cenobio de Santa Comba de Naves, en la localidad de Palmés, en el Concello de Ourense. Mientras sus muros todavía resisten al imparable avance de la naturaleza, la titularidad de la propiedad está en entredicho después la aparición de unos papeles, que supuestamente, certificarían que el Obispado de Ourense vendió el inmueble sabiendo que no era suyo.

El Juzgado de Instrucción Nº1 de Ourense determinará el próximo 15 de noviembre (o no), la apertura de juicio sobre la titularidad del cenobio, después de que la parte demandante recibiera unos papeles “esenciales” que demostrarían que la Diócesis de Ourense vendió el inmueble al director del Banco Santander en Chile, Román Blanco, por 75.000 euros. Fuentes familiares de la demandante alegan que “la demanda se hizo en junio de 2021, porque recibimos unos documentos de la administración pública que certificaba que a escasos meses de que se vendiera, la Diócesis reconocía que no era suyo”.

La Dirección Xeral de Patrimonio de la Xunta requirió de la titularidad del cenobio y la parcela de 8.000 metros cuadrados para su limpieza y el Obispado respondió que “no es propiedad de la Diócesis de Ourense y por lo tanto no es responsable del abandono o de la maleza”. Eso fue el 15 de abril, pero dos semanas después según el Registro de la Propiedad, el monasterio ya formaba parte del patrimonio de la Iglesia, aunque un requerimiento del Concello para limpiar la parcela, el Obispado seguía arguyendo que “no consta que el bien que indican sea propiedad de la Diócesis”.

El ente religioso vendió el inmueble en diciembre de 2015. Es decir, seis y cuatro meses antes respectivamente de firmar el contrato de compraventa, la Diócesis de Ourense no tenía conocimiento de que el bien fuese suyo. Sin embargo, lo inmatriculó conforme al artículo 206 Ley Hipotecaria, actualmente reformado, que permitía a la Iglesia inscribir bienes que fueran suyos solamente mediante la certificación eclesiástica, cuando no tuviera título escrito de propiedad.

El recorte del Faro de Vigo de Ourense de 1992 cuando el Obispado intentó vender el monasterio de Santa Comba de Naves, por primera vez .

El recorte del Faro de Vigo de Ourense de 1992 cuando el Obispado intentó vender el monasterio de Santa Comba de Naves, por primera vez . FdV

Desde la parte demandante, señalan también el lucro económico por parte de la Iglesia después de la operación, ya que en todo el proceso de inmatriculación los gastos fueron menores y por tanto los beneficios fueron cuantiosos. E incide en que “tampoco se entiende como el director de un banco internacional se entera de la venta de una propiedad que no estaba ni a la venta, no se pusieron carteles ni se anunció en ningún lado que se pusiera a la venta, por lo que da que pensar”.

La parte demandante, defendida por José Carlos González, busca declarar la nulidad del acto contractual que firmó la Diócesis de Ourense en 2015 y recuperar un bien que es patrimonio familiar después de una subasta en 1906 de la que consta certificación, así como el pago de la contribución de dicha propiedad a las arcas públicas. “No buscamos un rédito económico, ni mucho menos, de hecho no se pide en la demanda, buscamos recuperar un patrimonio que era nuestro y acabar con los pelotazos urbanísticos que hizo la Iglesia durante año, porque más de la mitad de los bienes que inmatriculó la iglesia no tiene nada que ver con uso religioso”, dicen fuentes de la demandante.

Desamortización y “agobio”

Las referencias del conjunto religioso datan del S.IX, en la época de Alfonso III, que tenía la condición de priorato dependiente del Monasterio de Celanova, que fue desamortizado en 1835 y subastado entre los vecinos en 1906. Manuel Crespo Losada y Manuel Cuiña se hicieron con el cenobio de Palmés por 9.200 reales.

Desde entonces, pagaron la contribución y dejaron un legado escrito para la familia. Casi 90 años después, en 1992, el cura de la localidad, en representación de la Diócesis de Ourense, intentaba venderlo por ocho millones de pesetas. Llamados los vecinos por la Diócesis para ser informador, el Faro de Vigo encontró a los propietarios del cenobio que aportaron la documentación de dominio para que el inmueble no fuera vendido.

Sin embargo, en 2015 no corrió con la misma suerte. El obispo alegaba en aquel entonces “la situación económica agobiante de la Iglesia” y registraba el bien como suyo, al menos, para venderlo y tener un colchón económico.

El Obispado no quiso hacer declaraciones a este respecto, emplazando al final del proceso judicial, y ahora los juzgados determinarán la titularidad del patrimonio histórico, arquitectónico y cultural del cenobio de Naves, en Palmés. “No queremos dinero, queremos lo que es de nuestra familia”, dice la parte demandante.

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