El Artículo XIII de los Acuerdos con la Santa Sede sobre enseñanza y asuntos culturales establece que los centros de enseñanza de la Iglesia de cualquier grado y especialidad y sus alumnos tendrán derecho a recibir subvenciones, becas, beneficios fiscales y otras ayudas que el Estado otorgue a centros no estatales y a estudiantes de tales centros, de acuerdo con el régimen de igualdad de oportunidades.
Mediante Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 28 de febrero de 1994, sobre autorizaciones como centros docentes privados de los seminarios menores diocesanos y de religiosos de la Iglesia Católica, se desarrolla el Acuerdo anterior. El artículo 8º establece que estos seminarios percibirán una subvención del Estado por alumno. La cuantía de la indicada subvención se determinará dividiendo el importe de los módulos económicos fijados para los centros concertados que impartan dichas enseñanzas por 20, en el caso de educación primaria, y por 25, en el de educación secundaria obligatoria.
Mediante Resolución de 21 de septiembre de 2001, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y Cultura, se ordena la publicación del Convenio entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y las Diócesis de la Provincia Eclesiástica de Toledo, en materia de enseñanza de la Religión Católica y su profesorado, seminarios menores diocesanos y de religiosos y colegios católicos, en los niveles educativos no universitarios. La cláusula octava, punto 3, de este convenio establece que “Según el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, los Seminarios Menores Diocesanos que por disposición administrativa se encuentren autorizados como centros docentes privados para impartir Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, percibirán una subvención por alumno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha”.
Los Seminarios Menores Diocesanos y de Religiosos de la Iglesia Católica no pueden suscribir conciertos educativos con la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, al no adaptarse el régimen de enseñanzas impartidas por los mismos a la normativa de conciertos.
Por ello, en base a la propuesta realizada por la Viceconsejera de Educación, Universidades e Investigación con fecha 14 de noviembre de 2017, y del número de alumnos escolarizados en el Seminario.
Resuelve:
Conceder una subvención al Seminario Diocesano Santo Tomás de Villanueva de Ciudad Real, con CIF R1300010D, por importe máximo de 26.116,25 euros para la impartición de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, durante el curso 2017/2018, a 9 alumnos de 1º ciclo de ESO y 3 alumnos de 2º ciclo de ESO.
Conceder una subvención al Seminario Menor Mercedario de Herencia (Ciudad Real), con CIF R1300254H, por importe máximo de 167.784,20 euros para la impartición de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, durante el curso 2017/2018, a 43 alumnos de 1º ciclo de ESO y 31 alumnos de 2º ciclo de ESO.
Conceder una subvención al Seminario Menor Agustiniano de Guadalajara, con CIF R19000381, por imp e máximo de 161.885,59 euros para la impartición de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, durante el curso 2017/2018, a 30 alumnos de 1º ciclo de ESO y 39 alumnos de 2º ciclo de ESO.
Conceder una subvención al Seminario Menor Santo Tomás de Villanueva de Toledo, con CIF R4500016C, por importe máximo de 71.434,88 euros (13.389,67 € para la impartición de la enseñanza de Primaria y 58.045,21 € para las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria), durante el curso 2017/2018, a 6 alumnos de 6º Primaria, 12 alumnos de 1º ciclo de ESO y 13 alumnos de 2º ciclo de ESO.
CURSO 2018-19
Conceder una subvención al Seminario Menor Agustiniano de Guadalajara, con CIF R19000381, por importe máximo de 191.254,94 euros para la impartición de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, durante el curso 2018/2019, a 44 alumnos de 12 ciclo de ESO y 39 alumnos de 22 ciclo de ESO.
Conceder una subvención al Seminario Menor Santo Tomás de Villanueva de Toledo, con CIF R4500016C, por importe máximo de 72.645,12 euros (17.916,57 { para la impartición de la enseñanza de Primaria 54.728,55 { para las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria), durante el curso 2018/2019, a 8 alumnos de Primaria, 9 alumnos de 1º ciclo de ESO y 14 alumnos de 2º ciclo de ESO.
Conceder una subvención al Seminario Menor Mercedario de Herencia (Ciudad Real), con CIF R1300254H, por importe máximo de 143.995,13 euros para la impartición de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, durante el curso 2018/2019, a 26 alumnos de 1º ciclo de ESO y 35 alumnos de 2º ciclo de ESO.
Conceder una subvención al Seminario Diocesano Santo Tomás de Villanueva de Ciudad Real, con CIF R1300010D, por importe máximo de 17.917 euros para la impartición de las enseñanzas a 8 alumnos de Primaria.