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La Iglesia defiende la legalidad de la venta de un monasterio ourensano del siglo IX aunque la familia que reclama su propiedad le presentó una escritura

Un banquero alega ante el juez que adquirió Santa Comba de Naves «de buena fe» a la Diócesis de Ourense y la demandante sostiene que el obispado utilizó un privilegio de forma espuria para inscribirlo como propio

Entre el 2014 y el 2015, la Iglesia Católica inmatriculó como propios miles de bienes, aun careciendo de un documento legal que acreditase la propiedad. Se valió de una modificación de la ley hipotecaria -que ya no está vigente- que le permitía hacerlo. Los registró como propios, en base a su posesión durante tiempo inmemorial. Solo en la provincia ourensana se inscribieron más de mil propiedades a nombre de la diócesis de Ourense, la mayoría iglesias y casas rectorales, pero también fincas. Una de ellas fue una parcela de 9.500 metros cuadrados sobre la que se asentaba un antiguo priorato, el de Santa Comba de Naves, una edificación en estado ruinoso que data del siglo IX.

Dilucidar de quién es la finca que alberga ese monasterio, ubicado en la parroquia de Palmés,  fue el objeto de la vista judicial celebrada este martes en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense. La propiedad se la disputan Román Blanco, un alto ejecutivo de un banco, que adquirió en el 2015 el bien por 75.000 euros a la Diócesis de Ourense como «inversión personal», y Rosa Figueiras, que reclama que esa venta no fue legítima, pues ella posee una escritura de 1906 en la que sus antepasados, de los que ella es heredera, compraron la parcela con las ruinas del cenobio a la iglesia por 9.200 reales de entonces (unos 13 euros actualmente).

La demandante sostiene que está acreditado que es la misma finca en la que se asienta el monasterio y que en el 2015 se vendió de nuevo por parte de la iglesia «con mala fe». El demandado, en cambio, aparta al Obispado de Ourense del litigio y rebate la validez de ese título de propiedad y la legitimación de la demandante, pues no presentó documentación sobre la herencia. Su abogado sostuvo que su cliente actuó como tercero de buena fe, pues no constaba el documento de otra venta anterior y desconocía que hubiese litigio alguno sobre esta propiedad desde el 2015 hasta el 2021,cuando se presentó la demanda.

Una de las cuestiones en las que se incidió fue en el papel del Obispado de Ourense como vendedor del monasterio al banquero. La representación de la demandante sostiene que los responsables de la diócesis sabían que lo que vendieron en el 2015 no era suyo y que ya lo habían traspasado por primera vez en 1906. El abogado de la demandante sostuvo que la iglesia utilizó el privilegio que le concedió una modificación de la ley hipotecaria en ese momento para inmatricular el bien, valiéndose de un simple certificado expedido por el obispo, sin aportar documentación de la propiedad y alegando que se tenía la posesión desde tiempo inmemorial. Para el letrado de la demandante, José Carlos González, esto fue un abuso y una utilización espuria por parte de la diócesis. 

Varios cargos de la Iglesia en Ourense tuvieron que declarar como testigos, aunque lo hicieron acompañados de abogado. Miguel Ángel González, exdelegado diocesano de Patrimonio, había realizado una certificación para este departamento ante un requerimiento del Concello de Ourense para que limpiaran y conservaran la construcción. Afirmó ante el juez que en ese informe anotó que la iglesia no era propietaria porque al hacer la búsqueda en el archivo diocesano con el nombre del monasterio no le dio ningún resultado. Supuso, porque era algo habitual, que tras la desamortización de 1835 el cenobio, ya sin culto, se había subastado y alguien lo había comprado. Aseguró que no intervino en la venta cuestionada y que desconocía quién había negociado con el ejecutivo interesado en adquirirla. La firma de la escritura de compraventa fue con el vicario episcopal para el patrimonio y sostenimiento de la iglesia, encargado de asuntos económicos de la diócesis en el 2015.

Miguel Ángel González, exdelegado diocesano de Patrimonio, declarando como testigo en el juicio por la venta del monasterio de Santa Comba de Naves.

Miguel Ángel González, exdelegado diocesano de Patrimonio, declarando como testigo en el juicio por la venta del monasterio de Santa Comba de Naves. MIGUEL VILLAR

El comprador -que declaró por videoconferencia- apuntó que semanas antes de esa operación había hecho unas comprobaciones sobre la titularidad y que la finca carecía de cargas o gravámenes y que estaba registrada. Señaló que había actuado de buena fe y que no le constaba ese documento de que la iglesia no fuese propietaria. La parte demandante sostiene que sí conocía las circunstancias previas a la operación, pues se trata de un profesional cualificado y asesorado.

El ecónomo de la diócesis señaló que la finca se había registrado a nombre de la Iglesia en abril del 2015 y que desconocía entonces la existencia del documento de venta de 1906. Señaló que el párroco le habló de unas piedras vendidas a los antepasados de Rosa hace muchos años. Se entrevistó con el nieto de ella, que le llevó la antigua escritura, y consultó con un notario y un abogado, que le dijeron que ese papel no tenía validez. Reconoció que le ofreció a la familia tres mil euros por la compra de «las piedras», algo que para la demandante prueba que se les estaba reconociendo como propietarios. La inmatriculación de cientos de bienes -iglesias, casas rectorales y fincas- se realizó en el 2015 alegando la iglesia católica esa posesión por tiempo inmemorial, aunque no constase documentalmente. 

El encargado de los asuntos económicos de la diócesis en el 2015 añadió que su firma de que el monasterio no constaba en el inventario del obispado se basó en el informe previo realizado por el entonces delegado de Patrimonio y que no se hicieron otras comprobaciones ni en el catastro ni en el registro. Afirmó que fue un error no haber comprobado en esos otros archivos que se trataba de la misma finca en la que había esas ruinas, pues en la base de datos del obispado no aparecía con el nombre de Santa Comba de Naves.

Ese término lo aclaró una perito, quien tras visitar la parcela y comprobar el título de propiedad y el catastro, concluyó que la finca vendida a los familiares de Rosa y a Román es la misma. Respecto a la escritura de 1906, la especialista aclaró que no estaba confeccionada por profesionales, pero que el cura párroco o el arcipreste redactaron que lo que se vendía era una antigua rectoral en Santa Comba de Naves.

T. Cela

El presidente de la asociación de vecinos de Palmés, Eladio Fernández, afirmó que conocía a las dos partes del litigio.El colectivo había reclamado al Concello de Ourense que comprase esa propiedad a quien fuese el titular. Contó que supo en 1992 que había una familia que tenía ese título de propiedad porque ese año hubo una polémica al intentar vender el párroco el monasterio de Naves. También que el comprador acudió a Palmés en el 2016 a una reunión con los vecinos para explicar sus motivos para la compra. El ecónomo, que también estuvo en esa reunión vecinal, apuntó que había sido tensa y que por parte de la diócesis el argumento para venderla es que no se podían hacer cargo del mantenimiento de la propiedad. El banquero señaló que, además de invertir, tenía interés en recuperar el patrimonio histórico de Ourense.

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