El Comité de la ONU así lo manifiesta en su informe
El subapartado D, ha sido casi el único que ha saltado a los medios de comunicación por el escándalo que ya viene suponiendo el abuso sexual infantil a manos de la Iglesia. Pero incluso aquí hay más de lo que ha aparecido en esos medios.
El primer epígrafe comienza con un caso muy popular, que hasta fue llevado al cine: el de los abusos salvajes cometidos por las “hermanas de la Magdalena”. ¿En cuántas otras instituciones eclesiales se darán situaciones similares, siempre ocultadas por la criminal imposición de silencio?
«D. La violencia contra los niños (arts. 19, 24, párrafo 3, 28, párr. 2, 34, 37 (a) y 39 de la Convención)
La tortura y otros tratos crueles o degradantes
37. Al Comité le preocupa que la Santa Sede no haya tomado las medidas necesarias para proteger y garantizar la justicia para las niñas colocadas arbitrariamente por sus familias, las instituciones del Estado y las iglesias en las lavanderías de la Magdalena de Irlanda a cargo de cuatro congregaciones de hermanas católicas hasta 1996. Al Comité lepreocupa en particular que:
(a) Las niñascolocadas en esas instituciones se vieron obligadas at rabajar en condiciones análogas a la esclavitud, y fueron a menudo objeto de un trato inhumano, cruel y degradante, así como de abuso físico y sexual;
(b) Las niñas fueron privados de su identidad, de la educación y con frecuencia de alimentos y medicamentos esenciales, se les impuso una obligación de silencio,y se les prohibió tener cualquier contacto con el mundo exterior;
(c) A las muchachas solteras que dieron a luz antes de entrar en la cárcel o en las lavanderías, se les quitaron sus bebés por la fuerza, y
(d) A pesar de que las cuatro congregaciones católicas en cuestión funcionan bajo la autoridad de la Santa Sede,no se han tomado medidas para investigar la conducta de las hermanas que dirigían las lavanderías, ni para cooperar con las autoridades policiales para pedir cuentas a los responsables de los abusos, así como a todos los que organizaron y se beneficiaron conscientemente del trabajo no remunerado de las niñas.»
En relación a los castigos corporales también hay reproches a la Santa Sede y a la Iglesia, como este, en el que también se hace una referencia, atención, a la “violencia mental”, de la que habría mucho que hablar y denunciar.
«Castigo corporal
(…)
40. El Comité recuerda a la Santa Sede que todas las formas de violencia contra los niños, aunque sean leves, son inaceptables, y que la Convención no deja espacio para ningún grado de violencia contra los niños. El Comité también recuerda a la Santa Sede sobre la obligación establecida en el artículo 19 de la Convención de queadopten todas las medidas apropiadas para proteger a lniño contra toda forma de violencia física o mental.”
El Comité también reprende a la Santa Sede por su complicidad en casos de abusos familiares sobre los niños:
«Abuso y negligencia
41. ElComité está preocupado por la posición de la Santa Sede acerca de que las autoridades civiles sólo deben intervenir en los casos en que el abuso ha sido cometido y comprobado, con el fin de no interferir con los deberes y derechos de los padres de familia. Tal posición socava seriamente los esfuerzos y medidas para prevenir el abuso y la negligencia ejercidos sobre los niños. El Comité también está preocupado porque, a pesar de su considerable influencia en las familias católicas, la Santa Sede todavía no ha adoptado una estrategia integral para prevenir el abuso y la negligencia en el hogar.»
A continuación llegamos a la denuncia de la posición criminal de la Santa Sede (y la Iglesia) en las decenas de miles de casos de abusos sexuales ejercidos por miembros de la propia Iglesia.
«Explotación y abusos sexuales
43. La Comisión toma nota del compromiso expresado por la delegación de la Santa Sede para mantener inviolable la dignidad y toda persona de cada niño. El Comité expresa su profunda preocupación por el abuso sexual de menores cometidos por miembros de las iglesias católicas que operan bajo la autoridad de la Santa Sede, con los clérigos que han estado involucrados en el abuso sexual de decenas de miles de niños en todo el mundo. El Comité está profundamente preocupado porque la Santa Sede no ha reconocido la gravedad de los crímenes cometidos, no ha tomado las medidas necesarias para hacer frente a los casos de abuso sexual infantil y para proteger a los niños, y ha adoptado políticas y prácticas que han dado lugar a la continuación del abuso y la impunidad de los abusadores. Al Comité le preocupa en particular que:
(a) Abusadores sexuales bien conocidos de niños han sido trasladados de parroquia en parroquia o a otros países en un intento por encubrir esos delitos, una práctica documentada por numerosas comisiones nacionales de investigación. La práctica de movilidad de los delincuentes, que ha permitido a muchos sacerdotes permanecer en contacto con los niños y continuar abusando de ellos, todavía coloca a los niños en muchos países en alto riesgo de abuso sexual, pues se informan decenas de delincuentes sexuales de niños que aún están en contacto con niños;
(b) A pesar de que la Santa Sede ha establecido su jurisdicción plena sobre los casos de abuso sexual infantil en 1962, y los colocó en el año 2001 bajo la competencia exclusiva de la Congregación para la Doctrina de la Fe (CDF), se ha negado a proporcionar al Comité datos en todos los casos de abuso sexual de niños puestos en su conocimiento durante el período de presentación de informes así como el resultado del procedimiento interno en estos casos;
(c) El abuso sexual infantil, cuando se ha reconocido, se ha tratado como gravesdelitos contra la morala través de procedimientos confidenciales que establecieron medidas disciplinarias que han permitido que la gran mayoría de los abusadores, y casi todos los que ocultaron los abusos sexuales a menores, hayan escapado de los procedimientos judiciales en los Estados donde se cometieron los abusos;
(d) Debido a una ley del silencio impuesta a todos los miembros del clero bajo pena de excomunión, los casos de abuso sexual de niños casi nunca han sido informados a las autoridades policiales de los países en los que se produjeron dichos crímenes. Por el contrario, los casos de monjas y sacerdotes condenados al ostracismo, degradados y despedidos por no haber respetado la obligación de silencio han sido notificados al Comité, así como los casos de sacerdotes que han sido felicitados por negarse a denunciar a los abusadores de niños, como se muestra en la carta dirigida por el cardenal Castrillón Hojos al obispo Pierre Pican en 2001;
44.
(…)
el Comité insta encarecidamente a la Santa Sede a:
(…)
(b) Retirar inmediatamente a todos los abusadores sexuales de niños, conocidos y sospechosos, de cesión y remitir el asunto a las autoridades competentes para hacer cumplir la ley, con fines de investigación y enjuiciamiento;
(d) Modificar la Ley Canónica para que el abuso sexual infantil se considere como crímenes y no como "delitos contra la moral" y derogar todas las disposiciones que permitan imponer una obligación de silencio a las víctimas y a todos aquellos que llegan a ser conscientes de este tipo de delitos;
(…)»
La iglesia católica es culpable, de forma directa y por complicidad, de decenas miles de abusos en todo el mundo. Ha hecho lo posible por ocultarlo, ha chantajeado, ha comprado el silencio de afectados y sus familias. El esfuerzo enorme y la valentía de algunas de las víctimas y sus allegados han conseguido que afloren algunos casos espeluznantes. Pero hay que preguntarse por los que no han salido a la luz, sin duda la inmensa mayoría. Esto es así en países como España, en los que hasta ahora han aflorado muchos menos abusos que en otros lugares y, sin embargo, no cabe esperar, en absoluto, que se hayan producido menos, dado el dominio de las conciencias y el control social que la Iglesia católica ha venido ejerciendo. Y que, por desgracia, aún ejerce aunque sea de forma más limitada.
Para leer el Informe completo:
Análisis del informe del Comité de los Derechos del Niño de la ONU sobre el cumplimiento por parte de la Santa Sede de la Convención sobre los Derechos del Niño
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