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La falta de justificación y control se extiende a las ayudas públicas a las confesiones minoritarias

Las conclusiones provisionales del informe del Tribunal de Cuentas, a las que ha tenido acceso InfoLibre, detectan “deficiencias” en las subvenciones a islámicos, evangélicos y judíos.

La Fundación Pluralismo y Convivencia no motiva la concesión de ayudas y no es posible “vincular los gastos justificados con los proyectos ejecutados”, según el informe provisional del órgano fiscalizador

La auditoría del Tribunal de Cuentas sobre las relaciones entre el Estado y la Iglesia no se limita a la confesión católica. Abarca también a las organizaciones representativas en España de las religiones islámica, evangélica y judía. Concretamente, el órgano fiscalizador ha examinado a la Fundación Pluralismo y Convivencia, el ente público creado en 2005 para subvencionar a las religiones minoritarias. Esta fundación ha dedicado desde su constitución en 2005 más de 35 millones de euros a subvenciones a las organizaciones representantes en España de islámicos, evangélicos y judíos, que tienen acuerdos de cooperación con el Estado en calidad de confesiones de “notorio arraigo”. El promedio es superior a 2,3 millones al año, como publicó infoLibre [ver aquí]. Las conclusiones del informe provisional del Tribunal de Cuentas, que todavía no ha sido sometido a la votación del pleno, suponen un cuestionamiento del funcionamiento de la fundación, así como de los controles ejercidos sobre el dinero que se reparte a las tres confesiones.

Dicha fundación, adscrita al Ministerio de Justicia, no había aprobado cuando su cerró el periodo fiscalizado su “plan estratégico” de ayudas públicas, lo cual supone un incumplimiento de la Ley de Subvenciones. Así lo recoge el Tribunal de Cuentas, que hace referencia a tres “deficiencias” en la “gestión de subvenciones”: 1) En la aplicación informática utilizada, “no queda constancia de la persona que verifica el cumplimiento de los requisitos exigidos, ni del momento en que se efectúan dichas comprobaciones”. 2) Los informes técnicos de valoración de los proyectos que aspiran a las ayudas no incluyen “las razones del juicio técnico realizado”. 3) La resolución de concesión de ayudas “no está motivada”.

La Fundación Pluralismo y Convivencia “no dispone de instrumentos de control de carácter externo que le permitan evitar incumplimientos” del artículo 19.3 de la Ley de Subvenciones, que establece lo siguiente: “El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada”.

El informe se encuentra en la fase conocida como de “dictámenes y observaciones”, la última antes de su aprobación por parte del pleno del Tribunal de Cuentas, explica el órgano fiscalizador a preguntas de infoLibre. En su actual fase, el informe, junto con las alegaciones de todas las partes afectadas –entre ellas la Conferencia Episcopal y los departamentos del Gobierno concernidos–, es remitido a los miembros del pleno para que formulen sus observaciones, antes de la votación. El proyecto de informe que sea llevado al pleno puede todavía experimentar cambios en función de esas observaciones, que deben tener en cuenta también las alegaciones, señala el Tribunal de Cuentas.

(…)

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