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La enseñanza concertada religiosa defiende la desgravación de las cuotas pese a orden clara de Hacienda

El Registro del Colegio de Economistas recuerda que es ilegal deducirse estas aportaciones porque no son altruistas, hay contraprestación

El Registro del Colegio de Economistas (REAF) recordó este jueves que es ilegal deducirse las aportaciones voluntarias a las fundaciones que gestionan muchos colegios concertados y la patronal religiosa no ha tardado en llamar a la calma y defender su legalidad: “Escuelas Católicas quiere enviar un mensaje de tranquilidad y prudencia a las familias de los centros concertados y a los propios centros ante la noticia aparecida ayer, según la cual las aportaciones voluntarias no pueden considerarse donaciones y, por tanto, no serían susceptibles de desgravación”.

 “Nadie del Ministerio de Hacienda nos ha comunicado nada oficialmente, vamos a preguntar, claro, porque estamos preocupados”, reconoce José María Alvira, secretario de Escuelas Católicas. E insiste: “Nosotros nos atenemos a la Ley de Mecenazgo de 2012 y nada ha cambiado”. La patronal Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE), conocida como nueva concertada, que aúna a centros ultraconservadores con aportaciones familiares muy altas, rehúsa contestar a este diario.

La Agencia Tributaria (AEAT), según la patronal religiosa, ha admitido desde hace casi 20 años dichas deducciones con carácter general. Sin embargo, el Ministerio de Hacienda recuerda que las cuotas no se pueden deducir. No desgravan, ni ahora, ni en el pasado. No es una novedad, pero la práctica está bastante extendida y ayer, cuando un grupo de expertos fiscales lo recordó, la Agencia Tributaria confirmó que esta desgravación es ilegal.

Los centros piden este donativo oralmente para “garantizar la calidad de la educación” —que en su opinión no se cubre con la partida que reciben del Estado, que cubre el sueldo de los profesores y los gastos corrientes— y en muchas ocasiones entregan a las familias un justificante para desgravarse. Por ese motivo, en un reciente informe la Confederación Estatal de Padres de la Enseñanza Pública (CEAPA) se incluyen las hojas de tarifas de decenas de escuelas en las que se reclama esta cuota para mantener el centro abierto, pero no se cita la deducción. Además de esta aportación, los padres abonan servicios complementarios (horas extra de clase, enfermería, logopedia o capilla) en teoría también voluntarios —que no se deducen en la declaración—, además de los conceptos de transporte o comedor, con precios más altos que en la escuela pública.

En concreto, los asesores fiscales realizaron el jueves un encuentro de prensa para explicar cómo prepararse para la declaración de la renta 2019. Se trataba de dar consejos y advertencias sobre qué cosas se pueden deducir y cuáles no. Ahí explicaron que donar todos los años a las mismas entidades sin ánimo de lucro (por ejemplo, ONG) el mismo importe o superior implica una deducción del 75% por los primeros 150 euros donados y el 30% sobre el exceso. Este último porcentaje de deducciones se incrementa al 35% si se ha mantenido el mismo donativo de los dos ejercicios anteriores, por lo menos. Y los asesores realizaron una puntualización: cuidado con deducirse las cuotas que se pagan a los colegios concertados, porque la Agencia Tributaria rechaza que, pese a ser supuestamente pagos voluntarios y se hagan a una fundación —los concertados no pueden exigir pagos— se pueda considerar una donación sin ánimo de lucro.

El director de estudios de la  REAF, Rubén Gimeno, detalló un caso en Asturias, en el que la delegación de la Agencia Tributaria rechazó que se tratara de un donativo deducible, al haber una “contraprestación”, y aseguró que se habían dado casos similares en otras provincias.

Alvira, de Escuelas Católicas, niega esta contraprestación para estos colegios que son propiedad de congregaciones religiosas, diócesis o fundaciones. “No hay una contribución al propio proyecto docente. La cuota voluntaria no tiene una finalidad, puede destinarse a otros países, a trabajos sociales, o al colegio…”, asegura. “Es decir, que no se puede decir que el dinero va a la clase donde estudia el niño”.

Hacienda confirmó tras la rueda de prensa que no es que la agencia haya cambiado la ley o que haya una campaña de inspecciones, sino que se hacen actuaciones puntuales en las que, cuando se detecta esta práctica, se rechaza la deducción, porque hay circulares y jurisprudencia desde hace años que ya hace esa advertencia. Se considera que el carácter periódico mensual de los pagos (solo de septiembre a junio), que sea un importe fijo según el número de alumnos y que se deja de pagar cuando acaban su escolarización, demuestra que se entregan a cambio de una prestación concreta, como mantenimiento de instalaciones. En ese caso, que no se puedan deducir no solo afecta al pago de impuestos por parte de los padres, ya que si se dejan de considerar estas cuotas como donaciones, los asesores fiscales apuntan que los centros deben declarar por estos ingresos adicionales en el Impuesto de Sociedades, y gravados por tanto al 25%.

En el caso que puso como ejemplo el REAF, detectado por la inspección en Asturias, según recogió Europa Press, el contribuyente había pagado 49 euros mensuales a una congregación por cada hijo, lo que le permitió elevar su cuota a devolver de 4.510,12 euros. Al eliminar la AEAT dicha deducción, resulta una devolución de 4.172,62 euros, con una diferencia de 337,5 euros.

“Me imagino que las cuotas en la nueva concertada serán voluntarias y que harán algo con ese dinero porque es lo razonable”, sostiene Alvira. “Nos está haciendo mucho daño en la imagen”, confiesa el secretario de Escuelas Católicas. Cuando se conoció el informe con pagos a un subvencionado de Barcelona de 900 euros, el presidente de esta patronal, CECE, Alfonso Aguiló que ahora no se pronuncia, afirmó indignado: “No se puede desprestigiar de esta manera a un sector que trabaja de forma honesta y con dificultades económicas importantes”.

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