Un juzgado anula el permiso de la Junta de Andalucía para quitar el elemento diseñado por Rafael de la Hoz tal y como pedía el Obispado
La celosía que Rafael de la Hoz diseñó para la mezquita-catedral de Córdoba se queda en su sitio. Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Córdoba anula el permiso de la Junta de Andalucía para retirar el elemento tal y como reclamaba el Obispado para permitir el tránsito de desfiles hacia el interior del monumento durante las procesiones.
Los jueces recuerdan que la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía establece que ese tipo de intervenciones solo se pueden autorizar para conservación, restauración consolidación y rehabilitación de elementos, y no para generar eventos orientados a potenciar el uso religioso.
La entidad ciudadana Plataforma Mezquita Catedral lamenta «profundamente que la administración que debe velar por el patrimonio histórico andaluz, tenga que ser apercibida judicialmente por obrar justo en contra de esa función y responsabilidad que tiene atribuida en defensa de la identidad cultural de su territorio, y en este caso, además, de un bien Patrimonio Mundial».
La Junta, señala la plataforma, desobedece su propia ley en favor de entidades privadas que anteponen sus intereses particulares a la conservación de un bien Patrimonio Mundial, como también sucede con la instalación de palcos para el mismo evento, o la colocación de carteles fijados a los muros.
El Comité Nacional Español de Icomos España, órgano asesor de la Unesco, realizó un informe a petición de esta plataforma en enero de 2015 sobre el impacto de la retirada de la celosía y la intensificación exponencial del uso del monumento como escenario de desfiles procesionales, desaconsejando de forma tajante esta actuación. En este informe firmado por la entonces presidenta, Begoña Bernal, ya se destacaba que “conservar no es convertir”, que las celosías son “elementos inseparables del edificio” y que estas “no tienen la función de una puerta”, por lo que la actuación prevista “debía ser informada desfavorablemente”.
Tras aquel informe, desde París, Icomos Internacional elaboró un texto que sí era favorable a esta intervención, desautorizando con ello al informe anterior y que, ahora, parece estar más en consonancia con los principios de protección y conservación que establece la legislación andaluza.