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La Audiencia Nacional deniega la inscripción de la Iglesia Pastafari en el Registro de Entidades Religiosas

La Audiencia Nacional ha rechazado inscribir en el Registro de Entidades Religiosas a la denominada Iglesia Pastafari, un movimiento en clave de parodia que venera al Monstruo del Espagueti Volador y cuyos miembros llevan como tocado un colador de pasta.

En una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso, difundida este jueves, se rechaza el recurso que presentó un particular contra la negativa del Ministerio de Justicia a inscribirles en el registro al considerar que los fines de la asociación son ajenos a los de una entidad religiosa.

En la sentencia, que impone el pago de costas a los recurrentes, se recuerda que entre 2010 y 2016 distintos sujetos presentaron cinco solicitudes de inscripción de la Iglesia Pastafari bajo diferentes nombres, como Iglesias del Monstruo del Espagueti Volador o Legionarios de Monesvol.

Para la Audiencia está claro que no es una entidad religiosa: «Sus fines son ajenos a los de una entidad religiosa, una religión, entendida como un conjunto de dogmas sobre la divinidad, de sentimientos de veneración y de normas morales y de prácticas rituales basadas en creencias profundas, serias y trascendentes».

Se reseña en la sentencia, como ejemplo, la oración principal al Monesvol: «Oh Tallarines que están en los cielos gourmets. Santificada sea tu harina. Vengan a nosotros tus nutrientes. Hágase su voluntad en la Tierra como en los platos. Danos hoy nuestras albóndigas de cada día y perdona nuestras gulas así como nosotros perdonamos a los que no te comen, no nos dejes caer en la tentación (de no alimentamos de ti) y líbranos del hambre… Ramén».

En los estatutos, que también se recogen en la resolución, se explica que el Monstruo del Espagueti Volador creó el universo después de una borrachera, lo que explica sus imperfecciones y que guía la conducta de cada ser humano «por medio de sus apéndices tallarinescos» y se establece que la pasta con albóndigas y la cerveza son los elementos que forman el cuerpo del creador y, por tanto, un alimento ideal.

Los «pastafaris devotos» deben vestir de piratas, «el pueblo elegido» y «cuando esta vestimenta no sea viable (por ejemplo, porque haga falta ver por los dos ojos), el fiel pastafari procurará vestir la prenda religiosa de cabeza consistente en un colador».

Después de leer esos estatutos, la Audiencia concluye que no son una entidad religiosa y rechaza que se vulnere su derecho de asociación, puesto que nada les impide asociarse, reunirse, expresarse y realizar todo tipo de actividades privadas, en forma de asociación, inscribiéndose en el Registro de Asociaciones.

Los magistrados recuerdan que el movimiento Pastafari se inició en 2005, en el marco de una protesta contra ciertas decisiones en materia educativa del estado de Kansas (EE.UU.).

Su finalidad «sería, en principio, respetable como asociación, pero no puede pretenderse que se trata de una religión, porque visto su credo, estatutos y mandamientos, no se aprecia en absoluto finalidad religiosa», señalan.


Ver sentencia AQUÍ

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