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Intervención de Córdoba Laica en el Pleno municipal sobre las exenciones del IBI a la Iglesia católica

Agradecemos al Ayuntamiento de Córdoba la deferencia de darnos voz hoy en el Pleno correspondiente al mes de mayo.

Reciban un saludo en nombre de Córdoba Laica, integrada en Europa Laica, cuya definición y objetivo fundamental es la igualdad de derechos de toda la ciudadanía y por lo tanto del bien común así como el respeto a la libertad de conciencia y la no discriminación. Trabaja por la existencia real de la laicidad en el Estado que garantice estos derechos, vele por la libertad de conciencia y actúe siempre por el bien común.

Y como ha dicho el Papa Francisco en Brasil “El Estado debe de ser laico, para garantía de las propias religiones…”

Sobre esa premisa y en desarrollo de la Ley de Transparencia, un equipo de trabajo de Córdoba Laica, realizamos un trabajo de estudio y análisis sobre los bienes exentos de IBI en nuestra ciudad, tras el que hemos propuesto una moción al objeto de limitar o eliminar los privilegios que existen.

La moción en sí, se encamina a eliminar privilegios que perduran a través del tiempo, que según el caso pudiesen entender que sean legales. Unos han sido rechazados por el Tribunal Europeo y otros quizás por su antigüedad o la bonanza económica de los tiempos del Concordato (anterior a la Constitución Española), y que posteriormente se ha trasladado a otras confesiones religiosas y que se ha aplicado de forma muy esplendida, sobre todo cuando el acuerdo lo firma una instancia del Estado y la mengua de ingresos los padece otro organismo, que para más, es el más cercano a la ciudadanía, a la que le recauda los impuestos y a la que ofrece servicios.

La moción puede suponer unos ingresos anuales a nuestro entender superiores al millón de euros, lo que sin incrementar la presión fiscal a la ciudadanía, remarcamos no supondría que los ciudadanos tuviesen que pagar ni un céntimo más. La mejoría de servicios o el impacto para nuestra ciudad en una creación de empleo sería considerable.

En el caso de nuestra ciudad la exención del IBI a las confesiones religiosas, es de más de 1250000 € siendo lugares de culto inmuebles del orden de solo 200000€. Careciendo a nuestro entender de justicia que no se paguen impuestos en base a la propiedad y no del uso, que en muchos casos son viviendas y cocheras, locales comerciales, solares o naves de carácter industrial o comercial.

Además de la pérdida de ingresos para las arcas municipales, supone un ataque a la igualdad de condiciones y libre mercado como ha quedado resuelto por Sentencia del Tribunal Europeo. No debe admitirse que realizando la misma actividad, unos paguen impuestos y otros no. Una persona explota un negocio de alquiler de viviendas y locales comerciales y además de la carga impositiva, ha de pagar el IBI de todos sus inmuebles,…. O donde nos situamos si un emprendedor o emprendedora decide montar una guardería, clínica médica, residencia geriátrica, alojamientos, gimnasio…. que además de las dificultades innatas se encuentra tributando su IBI e ICIO oportuno y sin embargo otros no.

Se discute en alguna corporación imponer  un IBI más alto a los pisos deshabitados, este no es el caso, pero vamos a suponer que determinados solares, además de viviendas y locales cerrados que no aportan nada y nada tributan pagasen lo que cualquier otro, pues es posible que alguno entrase en circuitos de explotación, por lo que además del impuesto correspondiente generaría negocio y unido a él empleo y circulación de capital.

También nos encontramos con exenciones que evidentemente han de ser cambiadas y eliminadas como son algunas derivadas de un uso muy amplio de la Ley de Mecenazgo, que lleva a que en nuestra ciudad, Universidades privadas no tributen cada año del orden de 65000€ y su matrícula más curso se va a varias decenas de miles de euros.

En nuestra ciudad, todos hacemos uso de, canalizaciones, vía pública, zonas verdes y jardines, instalaciones deportivas, alumbrado,  limpieza viaria, transporte y muchos más derechos de los que disfrutamos por radicarnos en esta Capital. Para ese uso y disfrute no se hace discriminación como no puede ser de otra manera, pues para el pago de impuestos tampoco ha de serlo.

Entendemos que algunas de las propuestas no pueden ejecutarse en este momento, por las limitaciones de legislación superior, pero pedimos la responsabilidad de la corporación como representante y veladora del interés común para elevar las demandas a otros foros como Federación Española de Municipios y Provincias. Y les instamos a solicitar a las instancias correspondientes los cambios legislativos necesarios para poder recaudar unos recursos tan necesarios en nuestra ciudad. Y mientras se cambien las leyes que conceden los privilegios, hay que exigir que aquellas instituciones que ocasionan la pérdida de ingresos tributarios asuman su costo.

Creemos igualmente que impuestos como el ICIO, se deben aplicar de acuerdo con la ya citada sentencia de la Comunidad  Europea, en el caso de no estar aplicándose así como modifica las Ordenanzas Fiscales en cuantos a las bonificaciones.

Para terminar, agradecer el tiempo que nos han dedicado los grupos municipales respondiendo a nuestro ofrecimiento de una mayor explicación, aclaración y aportación de datos. Seguimos ofreciendo nuestra colaboración a estos grupos y a los demás de  la corporación, para seguir trabajando por el laicismo en las instituciones, en definitiva, por el bien común,

Muchas gracias.

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