La decisión se produce tras el recurso presentado por Abogados Cristianos por entender que la citada organización realiza “promoción del aborto”.
Esta medida llega unos días después de que Interior designara de “utilidad pública” a Hazte Oír, plataforma contraria al aborto.
El Ministerio del Interior ha revocado la declaración de utilidad pública a la Federación de Planificación Familiar Estatal (FPFE), según recoge este lunes el Boletín oficial del Estado (BOE). La decisión se produce tras el recurso presentado por Abogados Cristianos por entender que la citada organización realiza “promoción del aborto”.
Abogados Cristianos llevó a cabo una campaña de recogida de firmas en Change.org para exigir la revocación de la declaración de utilidad pública por parte del Estado y acusan a la FPFE de haber ha hecho “publicidad ilegal de fármacos” y pese a ello, haber recibido subvenciones públicas.
Por su parte, FPFE, una ONG aconfesional e independiente que trabaja por la salud y los derechos sexuales y reproductivos, sostiene que viene “sufriendo el acoso” de Abogados Cristianos, entidad a la que tilda de “ultraconservadora” y que está “realizando una campaña en sintonía con organizaciones similares en Europa y Estados Unidos” contra todas las entidades que defienden los derechos sexuales y reproductivos.
Esta medida llega unos días después de que Interior designara de “utilidad pública” a Hazte Oír, plataforma contrararia al aborto.
La ley de asociaciones establece que son declaradas de “utilidad pública” aquellas cuyos “fines estatutarios tiendan a promover el interés general y sean de carácter cívico, educativo, científico, cultural, deportivo, sanitario, de promoción de los valores constitucionales, de promoción de los derechos humanos…”
“Las asociaciones declaradas de utilidad pública tendrán los siguientes derechos: Usar la mención “Declarada de Utilidad Pública” en toda clase de documentos, a continuación de su denominación. Disfrutar de las exenciones y beneficios fiscales que las leyes reconozcan a favor de las mismas, en los términos y condiciones previstos en la normativa vigente. Disfrutar de beneficios económicos que las leyes establezcan a favor de las mismas. Asistencia jurídica gratuita en los términos previstos en la legislación específica”.