El hijo de David Manzanas lamenta que su padre haya tenido que recurrir a Estrasburgo para reparar la discriminación de los pastores evangélicos en España
COMENTARIO: La normativa sólo es aplicable al clero y los ministros de otras religiones, pero se respetaría la igualdad si se tiene en cuenta que otras convicciones no religiosas podrían tener personal en similares condiciones. Más discriminatorio es el tratamiento del clero católico secularizado respecto a los demás y que ha sido ojeto de esta sentencia por discriminación. Normativa que puede consultarse en la sección de legislación de nuestra web.
Francisco Manzanas tiene 85 años y recibe la noticia feliz, pero con un deje de desencanto que no puede disimular. Muy enfermo desde hace años, resiste a un cáncer peleón con un coraje que admira a sus muchos amigos y fieles. Prefiere dejar la responsabilidad de atender a EL PAÍS a su hijo David, de 56 años, también pastor de la Iglesia evangélica. Dice: “Hoy es un día de alegría para mi familia, especialmente para mi padre. El Tribunal de Estrasburgo le ha dado la razón y sentencia que ha sido discriminado por el Estado español por razones de confesión religiosa", dice.
David Manzanas asegura que hoy también es un día importante para la Iglesia evangélica española. "Este agravio histórico ha sido resuelto por el TEDH ante la incapacidad de los diferentes Gobiernos del Estado español que se han sucedido desde la reinstauración de la democracia hasta hoy. Ni los Gobiernos de la UCD ni los del PSOE ni los del PP han sido capaces de reparar esta situación de discriminación de los pastores protestantes frente a los sacerdotes católicos. Hoy, finalmente, es un buen día para el mundo protestante en general, que ve cómo el derecho de libertad religiosa queda consolidado. Ahora solo falta que, en medio de un mare mágnum de recortes, el Gobierno atienda las exigencias del TEDH. Esperamos que sí. Es de justicia”.
Hasta 1999 no se permitió a los ministros de culto evangélicos cotizar a la Seguridad Social. El clero católico diocesano cotiza sin embargo desde 1977 y además puede hacerlo retroactivamente por periodos anteriores a esta fecha para así poder alcanzar el derecho a obtener pensiones u otras prestaciones. A los ministros evangélicos no se les reconoce todavía ese derecho a cotizar ni computar los periodos anteriores a 1999, con lo que las pensiones de los que ejercieron su ministerio religioso en la época de la dictadura se ven perjudicadas. Tal es el caso del pastor Manzanas.
La explicación que ha dado el Gobierno en el proceso de Estrasburgo apunta a que esos 22 años de retraso (desde 1977 hasta 1999) fueron necesarios para concluir las negociaciones con la Iglesias evangélicas que no estaban arraigadas en España. En opinión de Mariano Blázquez, secretario ejecutivo de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), “eso es una burda excusa, o una mentira”. Añade: “Las negociaciones se produjeron al mismo tiempo que con el clero diocesano y lo que ocurrió es que España ha dilatado, sin razón, años y años este asunto (al igual que otros muchos que conllevan igualdad de trato) porque no se ha querido incorporar a este colectivo o se ha pretendido realizarlo en condiciones injustas.
“En conversaciones privadas, diferentes ministros siempre nos han dicho palabras como: es que no nos gusta lo que se ha aprobado (o la forma en que se ha aprobado) para la Iglesia católica (para los sacerdotes secularizados), no lo consideramos justo y por eso no queremos extenderlo a vosotros. Con ello se cometen tres injusticias y no una. La primera es no aprobar una regulación justa. La segunda es aprobar algo que no consideran justo. Y la tercera es no aplicar en cualquiera de los casos el principio de igualdad, con lo que producen una lesión constitucional”, concluye Blázquez.
El dirigente de la FEREDE, que ha llevado estas negociaciones ante diferentes Gobiernos (y de varias tendencias), también está enfadado. “Es triste que el Gobierno tenga que verse obligado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos para reconocer a una persona de cerca de 90 años su dignidad y su derecho en términos de igualdad. Espero que tras esta sentencia se pueda por fin desbloquear la situación de los pastores evangélicos y se arbitren soluciones que reconozcan que no fueron tratados dignamente. Que puedan cotizar y que se les puedan reconocer pensiones en términos análogos a las soluciones dadas para otros colectivos como los sacerdotes diocesanos y los secularizados. Mi petición es que la regulación sobre estas situaciones no tenga que ver con el notorio arraigo, sino con la persona y su derecho a la igualdad de trato. Por tanto, lo ideal es una solución igual para todas las confesiones y personal religioso que la desee”.