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Gazapos sobre los conciertos educativos

La patronal de la enseñanza pretende fundamentar sus posiciones sustanciales con un lenguaje populista que quiere ser contundente, pero que en las cuestiones básicas es poco riguroso

Mariano Vivanco, antiguo subsecretario de educación con el conseller Alejandro Font de Mora hasta 2013, se ha puesto al frente, como gerente, de la patronal de empresas privadas de servicios educativos (Feceval). En una entrevista en Levante-EMV el pasado 26 de octubre, Vivanco repasa algunas de las cuestiones objeto de debate en la relación entre los centros concertados y la actual administración educativa.

Pretende fundamentar las posiciones sustanciales de la patronal con un lenguaje, en mi opinión, populista que quiere ser contundente, pero que en las cuestiones básicas es poco riguroso. Algunos ejemplos:

Gazapo nº 1: El subtítulo de la entrevista– «Si la familia solo puede elegir una educación pública y no religiosa no se están garantizando sus derechos»–. El derecho de los padres a elegir la formación religiosa y moral de sus hijos que es el derecho que reconoce el artículo 27, epígrafe 3, de la Constitución, se garantiza en la red pública española y también se garantiza en otros modelos, como el francés, que entiende que la formación religiosa y moral de los hijos se desarrolla más adecuadamente en el hogar y en las sedes de las confesiones religiosas que en una hora semanal de clase de religión.

Y lo que se debate no es el derecho a elegir centro, que nadie cuestiona, sino el derecho a que el dinero público, además de financiar una red pública que garantiza el ejercicio de todos los derechos reconocidos en la Constitución, puede y debe financiar cualquier elección de los padres en niveles obligatorios y postobligatorios. Y el derecho a elegir formación religiosa y moral no se puede confundir con el derecho a elegir matemáticas, física, dibujo o tecnología… confesional, sencillamente porque no existen.

Gazapo nº 2 : Equiparar concierto obligatorio y postobligatorio basándose en la jurisprudencia y en la Lode del PSOE es también un grave yerro. El artículo 27 de la Constitución, epígrafe 4, establece que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita. Esa es la razón por la que la Lode y las Normas básicas sobre conciertos educativos –ambas de 1985 y en vigor hasta la promulgación de la Lomce en 2016– dicen lo contrario de lo que afirma Vivanco: se extienden solo a nivel educativo obligatorio y tienen siempre como límite las disponibilidades presupuestarias.

La Lode incluye una adicional 3ª que respalda que el pequeño número de centros de Bachillerato y FP, ya subvencionados en 1985, puedan acogerse a conciertos singulares. En esa adicional se basó la anterior consellera de Educación para generalizar –yo entiendo que en fraude de ley–  los conciertos postobligatorios de ideario. ¿Por qué no lo denunciaron los que estaban obligados a ello legal o políticamente?

Unas últimas reflexiones: la afirmación de Vivanco de que las aulas de la pública están vacías no casa bien con la escolarización de un 70 %  en la red pública. Es verdad que como la pública garantiza la escolarización en todos los territorios de la Comunitat Valenciana, no selecciona ni las zonas de implantación ni el alumnado, como la concertada, y se extiende a lugares poco poblados que necesitan la escuela para su propia supervivencia; y esta es una ventaja competitiva favorable para la concertada. La otra ventaja no es la innovación educativa de la privada, desconocida en los ámbitos de la renovación pedagógica, sino el deterioro de la red pública por la trasferencia de fondos para sufragar la generalización de esos conciertos postobligatorios, cuyo ejemplo más gráfico son los veinte años de barracones en niveles obligatorios de la enseñanza pública.

Pura Aloy

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*Los artículos de opinión expresan la de su autor, sin que la publicación suponga que el Observatorio del Laicismo o Europa Laica compartan todo lo expresado en el mismo. Europa Laica expresa sus opiniones a través de sus comunicados.
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