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Exenciones e inmatriculaciones de la Iglesia: lo que Salamanca tiene pendiente

Pero mientras las inmatriculaciones son toda una incógnita, hay cuestiones en las que los ayuntamiento ya se han pronunciado, caso del de Salamanca, que aprobó una moción para que se revisaran las exenciones fiscales de Iglesia y fundaciones por las que se pierden millones en recaudación.

El asunto viene de lejos. En 2017, el Gobierno Rajoy se dio un plazo de seis meses para tener preparada la lista con las propiedades que la Iglesia Católica registró a su nombre entre 1998 y 2015 aprovechando una reforma en la Ley hipotecaria, en un proceso legal denominado inmatriculación. La promesa ha tornado en demora y, desde entonces, nada se ha vuelto a saber, salvo que Justicia y Hacienda aseguran que la lista existe. Si ahora hay Gobierno en firme, puede que se desvele.

A día de hoy, la realidad es que el Estado no sabe cuáles son las propiedades inmobiliarias que la Iglesia inmatriculó aprovechando el cambio legal entre 1998 y 2015. Según algunos datos, podrían superar las 4.500 en todo el país. Una información que está en los registros, pero inaccesible, y que la curia tampoco ofrece, tampoco en Salamanca. De hecho, TRIBUNA hizo en su día la pertinente consulta al Obispado de Salamanca, que amablemente ha contestado que de momento no van a ofrecer esta información. Son muchas las cifras que se manejan porque en varias comunidades autónomas ya hay movimientos para saberlo.

En el caso de Salamanca, el asunto tuvo su reflejo durante la pasada legislatura cuando el grupo municipal Ganemos pidió en una moción hacer un listado de esos bienes, al calor de una moción aprobada en el Congreso. El asunto se tachó de ‘anticlerical’ por parte del grupo popular municipal.

Revisión de las exenciones del IBI

Sin embargo, hizo mella. En julio de 2018 el pleno del Ayuntamiento de Salamanca aprobaba una moción presentada por el PSOE para revisar las exenciones de IBI de muchos bienes de la Iglesia y fundaciones, una labor del Gobierno central: la moción proponía pedir el cambio de normativa, algo que a día de hoy no ha ocurrido. Era la primera piedra para que el consistorio ingrese millones de euros de impuestos que la Iglesia católica y fundaciones no pagan al acogerse a la actual normativa que les permite, por ejemplo, no abonar los recibos de IBI en sus propiedades. La medida conseguía el apoyo sin fisuras de todos los grupos municipales, PP, Ciudadanos, Ganemos y, por supuesto, grupo socialista.

En la actualidad, y según cálculos del PSOE sobre datos municipales correspondientes a 2015, el Ayuntamiento de Salamanca dejó de ingresar ese año, en concepto de cuota tributaria del IBI, hasta 923.353’16 euros de bienes de la Iglesia Católica, 392’49 euros de otras confesiones religiosas y 2.251.435,08 euros en aplicación de la Ley de Fundaciones; en total, por los conceptos mencionados, la cantidad de 3.175.180’57 euros sólo de IBI, un 7% de la recaudación total.

El motivo es que, en la actualidad, hay entidades u órdenes vinculadas a la Iglesia Católica u otras confesiones religiosas que se acogen a lo establecido en los acuerdos con el Estado y a la aplicación de la Ley del Mecenazgo (Ley 42/2002), para eximirse del pago de tributos municipales, y que con carácter general se suele conceder. Del mismo modo sucede también con Fundaciones u otras entidades similares, que se acogen a lo establecido en la Ley de Fundaciones u otra legislación equivalente aplicable para eximirse del pago de los impuestos municipales. De hecho, el consistorio, según Cs, ha girado recibos y se ha dado de bruces con esta normativa, que es la que esgrimen los afectados para no pagar.

Las inmatriculaciones

Las exenciones afectan a los impuestos que pagan Iglesia y fundaciones sobre propiedades. En el caso de las inmatriculaciones, la cuestión es la legalidad de la titularidad. Lo que está en juego no es todo el patrimonio a nombre de la Iglesia, sino el patrimonio acumulado con la inmatriculación. Este procedimiento, legal entre 1998 y 2015 por un cambio legislativo durante un gobierno de Aznar, confería a la Iglesia la autoridad para registrar la propiedad, en teoría, sólo de templos o lugares de culto. Esta facultad decayó a partir de 2015 al cambiarse la ley hipotecaria, pero para entonces se habían registrado muchas propiedades.

La polémica saltó cuando se conocieron casos como los de la mezquita de Córdoba, inmatriculada por el obispado de esa localidad. Era sólo un caso, porque el listado que se descubrió incluía 180 bienes, entre ellos, locales y viviendas. La sospecha es que hay miles de bienes sin propietario que fueron registrados por la Iglesia como de su titularidad.

Así ocurrió, por ejemplo, en un caso en Palencia. El obispado de esta diócesis registró a su nombre una iglesia en una finca privada sin decirle nada a los dueños, que reclamaron hasta el tribunal de Estrasburgo. La justicia europea condenó a España a pagar 600.000 euros a la familia propietaria de la finca, que reclamaba la construcción religiosa (una iglesia cisterciense y algunos otros edificios adjuntos) porque el obispado la registró a su nombre irregularmente: podía hacerlo en caso de no estar a nombre de nadie, pero no era el caso.

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