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Europa Laica: Una sentencia del Tribunal Constitucional dictada desde la ideología católica

El Constitucional, muy dividido, defiende el derecho a la objeción de conciencia y retira la multa de la Junta de Andalucía a un farmacéutico de Sevilla que se había negado a vender un fármaco avalado por la comunidad científica internacional

El magistrado Ollero, ponente de la sentencia que avala la objeción de conciencia para no vender la píldora postcoital es un declarado antiabortista y católico integrista

Europa Laica rechaza que el Tribunal Constitucional haya reconocido el derecho a la objeción de conciencia de un farmacéutico que se negó a vender la llamada píldora del día siguiente a una mujer que la solicitó, en el libre ejercicio del Derecho a su libertad de conciencia y de decisión.

El vendedor de fármacos fue sancionado en 2008 por la Delegación Provincial de Salud de Sevilla, porque en su farmacia no disponía ni de preservativos ni de píldoras postcoitales, y el pleno del Constitucional considera ahora que la multa referida vulneró el derecho del farmacéutico a la libertad ideológica. Los jueces rechazan, sin embargo, reconocerle este derecho para la negativa a vender preservativos.

La postura mayoritaria considera que las condiciones que llevaron al tribunal a reconocer en 1985 el derecho a la objeción de conciencia de los médicos pueden concurrir también sobre el deber de dispensación de la píldora postcoital por parte de los farmacéuticos, aunque encuentren diferencias entre ambas situaciones.

Sin embargo, la decisión ha generado controversia en el pleno del Constitucional y tres magistrados han firmado votos particulares discrepantes. Como argumenta la magistrada Adela Asua en su voto particular:

“En lugar de afrontar la problemática a examen desde la perspectiva estrictamente jurídica propia de la jurisdicción constitucional, parece responder a un posicionamiento previo que no logra ocultar la sombra ideológica que le guía”.

La misma magistrada muestra “preocupación y consternación” por una sentencia “cuya factura técnica se separa de la exigencia de motivación congruente conforme a las reglas básicas del método jurídico-constitucional”.

Europa Laica considera que los argumentos del Tribunal Constitucional no se sostienen jurídicamente y que su tosquedad e iniquidad sólo se explica por la ideología nacional-católica y patriarcal de algunos de sus miembros, que la anteponen a la razón, a la justicia, y a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

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Para leeer la sentencia y los votos particulares:

Sentencia del Tribunal Constitucional reconociendo la objeción de conciencia a un farmacéutico que no tenía la píldora postcoital

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