Un juez rehúsa prohibir el crucifijo en el Pleno del ayuntamiento de Zaragoza porque, según él, sería priorizar el “agnosticismo”
El Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza, por ahora, lo seguirá presidiendo el crucifijo, ¡¡¡que sea usted muy feliz señor alcalde!!!
El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Zaragoza, el magistrado Luis Carlos Martín, rehusó prohibir al alcalde de la capital aragonesa, Juan Alberto Belloch, que siga colocando el histórico crucifijo del siglo XVII en el Salón de Plenos porque ello sería lo mismo que priorizar el "agnosticismo" como creencia. El magistrado-juez firmó hoy, viernes 30 de abril, la sentencia en la que desestima el recurso del Movimiento Hacia un Estado Laico (MHUEL) contra el Reglamento de Protocolo del Ayuntamiento de Zaragoza, que establece en qué actos católicos deben participar todos o algunos miembros de la Corporación. El mismo recurso, presentado en septiembre de 2009, pretendía que se anulara la decisión de Belloch de mantener el crucifijo en el Salón de Plenos, los días que se celebra sesión, y que no se mostrara, en dependencias municipales símbolo religioso alguno. En su sentencia, el magistrado Luis Carlos Martín señala que "el hecho de eliminar toda manifestación de tipo religioso a ultranza, cualquiera que sea su signo, vendría a dar prioridad a una determinada consideración del fenómeno religioso, como es el agnosticismo". A esto añade que "de esta forma, también se puede menoscabar la tolerancia que han de manifestar los poderes públicos ante el fenómeno religioso". El magistrado indica que del Tribunal Constitucional (TC) y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos no emana jurisprudencia alguna sobre el tema, tras lo que señala que las conclusiones a las que llega MHUEL en su recurso "no tienen una base o apoyatura en nuestro ordenamiento jurídico". El titular del Juzgado añade que "una interpretación interesada" de la Constitución de 1978 y la jurisprudencia no puede servir para asentar una "exclusión" como la que pretende MHUEL.
Europa Laica ante tal desatinada sentencia judicial apoyará a los compañeros del Movimiento Hacia un Estado laico de Aragón (MHUEL) si toman la decisión de recurrirla ante instancias superiores.
Esta grotesca sentencia demuestra que estamos de hecho en un “Estado confesional católico” y que el principio constitucional “Ninguna confesión tendrá carácter estatal” es ninguneado por una parte importante del poder político y del sistema judicial, que anteponen su propia ideología “católica-apostólica y romana” al interés general del Estado de Derecho.
Urgimos por ello una ley de “Libertad de Conciencia” que sitúe al Estado español entre los más modernos de nuestro entorno, para superar prácticas y costumbres ancestrales. Ésta y otras sentencias judiciales que estamos observando durante estos días, como es el tratar de enterrar los “crímenes del franquismo” suponen un misil muy potente contra la débil democracia española, además de constituir “la burla” de países con larga tradición democrática. Europa Laica, Madrid, 30 de abril de 2010