PTV Córdoba entrevista a Miguel Santiago, portavoz de la Plataforma Mezquita Catedral, Patrimonio de Tod@s, tras la sentencia del Tribunal Supremo de Andalucía que ratifica la dictada tanto por el juzgado º 4 como la posterior del Tribunal Superior de Andalucía declarando que no debía haberse dado permiso para la retirada de la celosía de la Mezquita de Córdoba.
¿Qué implica y qué significa la sentencia del Supremo sobre la retirada de la celosía en la mezquita de Córdoba para facilitar la “carrera oficial” de las cofradías en Semana Santa?
Para responder a esta pregunta, Miguel Santiago inicialmente, para poder interpretar tanto las denuncias como las resoluciones de los juzgados, Supremo incluido, sitúa el momento en que fueron instaladas las celosías de Rafael de la Hoz (para abrir más luz al monumento): 1974, cuando aún no era Patrimonio de la Humanidad. La declaración de la Unesco llegaría en 1984 que en 2014 elevaría la Mezquita Bien de Valor Universal Excepcional.
Sigue revisando el proceso que llevó a la retirada de una de las celosías que va desde 2010-2011, momento en que empieza a plantearse (recordemos que para esa fecha era ya Patrimonio de la Humanidad y, sólo se podían autorizar obras en un edificio protegido como la Mezquita de conservación o restauración) con el beneplácito de la Junta de Andalucía (con informes contrarios como el de ICOMOS España, por ejemplo) y del Ayuntamiento de Córdoba, hasta 2017 en que se consuma y, que tiene lugar la primera “carrera oficial”.
Repasa también el proceso judicial, con la denuncia del hijo de Rafael de la Hoz a quien en 2019 el titular del Juzgado Contencioso Administrativo 4 de Córdoba dio la razón, ratificada posteriormente por el TSJA tras el recurso presentado por la Junta que nuevamente, junto a la Agrupación de Hermandades y Cofradías de Córdoba, recurre al Supremo que ratifica lo sentenciado anteriormente: la Junta de Andalucía había actuado en contra de sus propias leyes de protección del patrimonio, por lo que el juzgado anuló el acto administrativo por el que se otorgó permiso al Cabildo Catedral de Córdoba para la retirada de la celosía, obra que lesionaba de forma grave la integridad del monumento porque las celosías ya formaban parte del conjunto cuando fue declarado Patrimonio Mundial por la Unesco en 1984, así como en su ampliación a Patrimonio de la Humanidad en 1994 y cuando en 2014 la Mezquita-Catedral fue declarada Bien de Valor Universal Excepcional.
¿Qué hay que hacer ahora?
Con el camino judicial finalizado, Miguel Santiago tiene claro que sólo cabe reponen de manera inmediata (otra cosa es el tiempo que dure el proceso administrativo o las condiciones en que se encuentre la celosía que debería haber sido protegida) y así lo manifestó la Plataforma: Es necesario reponer la celosía, que nunca debió haberse quitado, en el lugar en que se retiró.