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Elkarrekin Podemos-IU reclama que la toma de posesión del Lehendakari sea laica, sin menciones a Dios o simbología religiosa

Elkarrekin Podemos-IU ha registrado una proposición no de ley en el Parlamento Vasco solicitando que los actos actos públicos oficiales sean exclusivamente civiles y sin connotaciones religiosas.

“La ciudadanía vasca es plural en sus convicciones ideológicas y religiosas. Por eso la toma de posesión del Lehendakari debe ser  laica y sin menciones a Dios ” ha declarado la portavoz de Elkarrekin Podemos-IU en el Parlamento Vasco, Miren Gorrotxategi.

Elkarrekin Podemos-IU pone de manifiesto que actos públicos oficiales del poder político vasco con crucifijos, biblias o en recintos religiosos no son neutrales ni laicos, y resultan contrarias a la libertad de religión y creencias.

“ En Euskadi es frecuente ver a personas que ostentan cargos públicos participando en actos de carácter religioso en representación de las instituciones públicas, así como jurar los cargos mediante fórmulas a creencias religiosas personales”, ha comentado Miren Gorrotxategi, portavoz parlamentaria de Elkarrekin Podemos-IU.

Por ello, la coalición de izquierdas vasca ha registrado para su debate en pleno parlamentario que se inste al Gobierno Vasco  a establecer unos criterios respecto a  la toma de posesión del Lehendakari que garanticen que  sea laica y sin la inclusión de menciones a Dios.

“Desde mi grupo parlamentario pedimos que se adopten las disposiciones necesarias para que los actos públicos oficiales sean exclusivamente civiles y sin connotaciones religiosas” ha declarado Gorrotxategi”.

De esta forma, Elkarrekin Podemos-IU quiere impedir  que los miembros del Gobierno y el personal al servicio de la administración en el ejercicio de su cargo o de sus funciones muestren vínculo alguno con una determinada confesión religiosa.


Texto de la propuesta:

A la Mesa del Parlamento Vasco

Miren Gorrotxategi Azurmendi, portavoz del grupo Elkarrekin Podemos-IU, al amparo del vigente Reglamento, presenta la siguiente proposición no de ley para su debate en pleno, relativa a la fórmula para la toma de posesión del lehendakari en la Casa de Juntas de Gernika.

Justificación

Desde que fuera acogida por la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, la libertad religiosa forma parte indiscutible del catálogo de derechos fundamentales de los ordenamientos jurídicos democráticos. Y precisamente para garantizar dicha libertad, el principio que inspira la acción del poder político en relación con la diversidad religiosa es la laicidad.

La laicidad puede concebirse de distintas formas según se tenga una concepción más o menos positiva de la o las religiones, según se considere que la religiosidad de la ciudadanía deba ser atendida por el poder político, según se considere que conviene mantener relaciones con las iglesias, etc. En todo caso, tres caracteres básicos definen la laicidad: la separación entre el poder político y las confesiones religiosas, la neutralidad del poder político en materia religiosa y la defensa del principio de igualdad en el disfrute de la libertad religiosa.

La ciudadanía vasca es plural en sus convicciones ideológicas y religiosas: personas ateas, agnósticas y creyentes de religiones diversas tienen el derecho subjetivo de ver garantizada su libertad en el mantenimiento de las convicciones profundas que dan
respuesta a las preguntas trascendentales de la vida. Y ello solo es posible si la neutralidad del poder político inherente a la laicidad se respeta, es decir, si de las actuaciones propias de las instituciones y representantes públicos no se desprende vínculo alguno con una determinada religión o creencia.

Sin embargo, en Euskadi es frecuente ver a personas que ostentan cargos públicos participando en actos de carácter religioso en representación de las instituciones públicas para las que fueron elegidas, así como jurar los cargos mediante fórmulas que hacen referencia a creencias religiosas personales; en la escenificación de la toma de posesión del cargo de lehendakari, y a falta de una fórmula establecida que sea fruto de un acuerdo amplio y que pueda representar al conjunto de la ciudadanía de este país, las referencias a conceptos religiosos son recurrentes, llegando en el pasado a incluir la presencia de una biblia y un crucifijo. Estas actuaciones se separan del deber de neutralidad que la laicidad impone al poder político y resultan por ello contrarias a la libertad de religión y creencias.

Por todo ello, se formula para su debate en pleno la siguiente

PROPOSICIÓN NO DE LEY

El Parlamento Vasco insta al Gobierno Vasco a:

1. Adoptar las disposiciones necesarias para que los actos públicos oficiales sean exclusivamente civiles y sin connotaciones religiosas y para impedir que los miembros del Gobierno y el personal al servicio de la Administración en el ejercicio de su cargo o de sus funciones muestren vínculo alguno con una determinada confesión religiosa.

2. Adecuar sus reglamentos y protocolos y los de sus entes públicos de manera que no serán invitados a actos civiles o considerados autoridad pública los representantes eclesiásticos de cualquier confesión.

3. Establecer unos criterios respecto a la fórmula del juramento de la toma de posesión del lehendakari que garanticen que la citada fórmula será laica y sin la inclusión de menciones a Dios.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de agosto de 2020

Miren Gorrotxategi Azurmendi, portavoz del grupo
Elkarrekin Podemos-IU


Enmienda presentada por EH Bildu, el 25 de septiembre de 2020:

GRUPO PARLAMENTARIO EH BILDU

ENMIENDA DE TOTALIDAD

«El Parlamento insta al Gobierno a:

1. Que elabore una normativa sobre las libertades de conciencia, pensamiento y expresión para garantizar la cohesión social y proteger los intereses y sensibilidades de toda la ciudadanía, con la participación de los agentes de dicho ámbito.

2. Que elabore un mapa y/o inventario de la simbología religiosa existente en los edificios y espacios públicos de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.

3. Que presente antes de fin de año un proyecto de ley de lugares o centros de culto y diversidad religiosa».

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