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Oposiciones celebradas en Valencia en septiembre de 2020.

El TSJ obliga a la Sanidad valenciana a mantener el sábado las oposiciones que cambió a domingo por una adventista

El tribunal estima las medidas cautelarísimas solicitadas por el Sindicato Médico y afea a la Consejería una “actitud contradictoria” al dictar la resolución sobre el día considerado de reposo para los evangelistas

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha estimado la solicitud de medida cautelarísima presentada por el Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana y mantiene la fecha inicial para la celebración de la oposición a Ginecología, el sábado 18 de junio. La consejería de Sanidad trasladó la prueba al domingo, 19 de junio, ante la petición de una aspirante y feligresa de la iglesia Adventista del Séptimo Cielo, que considera una jornada de reposo, culto y oración desde la puesta de sol del viernes hasta la puesta de sol del sábado. Ahora, la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ decreta que la opositora deberá hacer la prueba ese mismo día, pero tras la puesta de sol.

La entidad perteneciente a la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) había solicitado al alto tribunal valenciano la adopción de esta medida cauteralísima al entender que era “contraria a derecho” la resolución del pasado 24 de mayo de Sanidad de cambiar la fecha de las oposiciones al domingo, para proteger los derechos fundamentales de esta aspirante. Sanidad adoptó esa decisión de cambiar las fechas después de que el TSJCV estimara recientemente una petición en los mismos términos de otra candidata las oposiciones de Oftalmología, lo que obligó a organizar su examen una vez pasada la puesta de sol.

Además, el sindicato médico, en nombre de los recurrentes, argumentaba que el traslado de fecha perjudicaba al 99,9% de los opositores a esta prueba —a la que están admitidos más de 400 aspirantes—, ya que, para poder asistir, algunos de ellos ya habían reservado hotel, se habían organizado las guardias y programado su vida personal. Al respecto, la Sala acuerda en la resolución, notificada este mismo miércoles a las partes, que la prueba se celebre en los términos y fecha previstas de inicio.

Examen tras la puesta de sol

Respecto a la opositora adventista, el alto tribunal dispone que realice el examen ese mismo sábado, pero a partir de la puesta de sol, tal y como la propia Sección Segunda del TSJCV estableció en un auto de medidas cautelares por protección de derechos fundamentales fechado el pasado 27 de mayo en un asunto planteado en idénticos términos en unas oposiciones a Oftalmología.

Al respecto, el tribunal no comparte la interpretación realizada por la Consejería de ese auto, de la misma Sala, relativo a esas oposiciones de Oftalmología, “pues no se ajusta a la literalidad ni tampoco a su finalidad teleológica”. En este sentido, recuerda que la parte dispositiva de dicho auto acordaba retrasar la prueba a una recurrente, igualmente miembro de la Iglesia Adventista, hasta la puesta de sol del sábado en que se celebraran las oposiciones, una decisión que “descansa en la ponderación de los intereses de todos los aspirantes al proceso selectivo”, que se “ampara en la libertad religiosa” del recurrente, pero que preserva igualmente “los derechos del resto de participantes, que no ven alterado ni el día ni la hora ni el lugar de la realización del ejercicio”.

Además, el TSJCV afea a la consejería haber mantenido “una actitud contradictoria, poco respetuosa con la mínima cortesía procesal y alejada de los mandatos constitucionales dirigidos a las Administraciones Públicas” al dictar la resolución del 24 de mayo sin esperar al auto de esta sala aceptando o denegando la medida cautelar solicitada por la opositora tras haberse desestimado su pretensión en vía administrativa. “Es decir, omite la existencia de un procedimiento contencioso-administrativo”, recrimina.

Fuentes de la consejería de Sanidad explicaron en su momento que el objetivo del cambio de fecha es evitar “al máximo” los posibles problemas ocasionados por la necesidad de tener que aislar a las personas aspirantes para que puedan hacer el examen en los términos establecidos ante sus creencias religiosas, y al mismo tiempo, garantizar que todos los candidatos tengan las mismas posibilidades y evitar que se pueda poner en duda el proceso. Este miércoles, las mismas fuentes han señalado que Sanidad cumplirá el auto y se trasladará la fecha del examen al sábado, siguiendo el mismo procedimiento que en el caso del examen de oftalmología, que se celebró el pasado 28 de mayo.

Tras la decisión del TSJ, dada a conocer este miércoles, el Sindicato Médico ha pedido el cese de la directora general de Recursos Humanos de la consejería de Sanidad, Carmen López, y que se indemnice a los médicos opositores.

Los fallos sobre el respeto a la observancia del sábado del TSJ valenciano, así como otros tribunales que han emitido resoluciones similares, se basan en el acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, firmado en 1992, que establece que “los exámenes, oposiciones o pruebas selectivas convocadas para el ingreso en las Administraciones Públicas (…) serán señalados en una fecha alternativa para los fieles de las Iglesias”. Entre ellos, se incluyen a los fieles de la Unión de Iglesias Adventistas del Séptimo.

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