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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha declarado inadmisible la demanda de una asociación cristiana contra Abel Azcona por escribir en 2015 la palabra "PEDERASTIA" con 242 hostias consagradas. Twitter

El Tribunal de Estrasburgo declara inadmisible la demanda contra España por una obra de arte con hostias consagradas

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) considera que el demandante, la Asociación de Abogados Cristianos, no agotó la vía judicial nacional y que carece de fundamento su afirmación de que la justicia española no fue arbitraria al rechazar el caso

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha declarado inadmisible la demanda de la Asociación Española de Abogados Cristianos contra España, a la que denunció por permitir la exposición de la obra Amén, del creador navarro Abel Azcona, en la que aparecía la palabra “pederastia” escrita con hostias consagradas. En una decisión final, los jueces de Estrasburgo consideran que la demanda no agotó la vía judicial nacional y rechazan además la alegación de que la justicia española fue arbitraria al rechazar el caso.

Los hechos se remiten a noviembre de 2015, cuando en Pamplona se exhibió la obra Amén, estaba compuesta por dos fotografías que mostraban la palabra “pederastia” formada con hostias y un cuenco con varias de las 242 formas consagradas que el artista decía haber recogido en diferentes misas de iglesias de Pamplona y Madrid. La muestra había sido organizada y sufragada por el Departamento de Cultura de Pamplona, que se negó a retirarla alegando que se trataba de una cuestión de libertad de expresión. Los Abogados Cristianos, que calificaron la obra como “la mayor profanación de la historia”, demandaron tanto al artista como al concejal que aprobó la exposición, aunque en 2016, el juez de instrucción decidió que no había delito. La instancia final, la Audiencia Provincial, concluyó que no había quedado lo suficientemente probado que el artista pretendiera ofender y que de sus declaraciones en redes sociales quedaba claro que su principal objetivo era llamar la atención sobre los escándalos de pederastia en la Iglesia católica, recuerda el TEDH en su decisión.

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