El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado este martes que una administración pública puede decidir prohibir el uso visible de signos religiosos a todos sus empleados con el fin de establecer un entorno «completamente neutro», al concluir que una norma de este tipo no es discriminatoria si se aplica de forma general e «indiferenciada» a todo el personal y se limita a lo «estrictamente necesario».
Efemérides laicistas 9 de enero
1570 – A Lima llega una real cédula de Felipe II en la que se ordena el establecimiento de…





