El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado este martes que una administración pública puede decidir prohibir el uso visible de signos religiosos a todos sus empleados con el fin de establecer un entorno “completamente neutro”, al concluir que una norma de este tipo no es discriminatoria si se aplica de forma general e “indiferenciada” a todo el personal y se limita a lo “estrictamente necesario”.
Francia: el voto católico, en recomposición
El nuevo panorama político, tras el postrero freno a la extrema derecha, sitúa a los creyentes en un…