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El obispo de Solsona (Lleida), Francesc Conesa, oficia una misa "para pedir la lluvia" en la iglesia de la Mare de Déu del Torrents-Parroquia de Corrà, a 26 de marzo de 2023, en L'Espunyola, Barcelona. — Marc Trilla / EUROPA PRESS

El TC declara nulo el auto de un juez que autorizó el bautizo de un niño y discriminó al padre laico frente a la madre católica

 La sentencia declara que se vulneró la tutela judicial efectiva del padre que pedía que su hijo, de 7 años, no fuera adoctrinado en ninguna religión, pero elude fijar doctrina sobre la vulneración de la libertad religiosa, por lo que el fallo se queda en lo meramente simbólico.

El Tribunal Constitucional (TC) aprecia vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de un padre divorciado que pidió en el juzgado que su exesposa se abstuviera de llevar a misa al hijo en común, de siete años, en 2017, de hacerle participar en actos religiosos y especialmente bautizarle, y para que continuara estudiando la asignatura de valores cívicos y sociales, en vez de religión, según el consenso que había alcanzado la pareja antes de su ruptura.

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Autoridades públicas en actos religiosos

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