La sentencia declara que se vulneró la tutela judicial efectiva del padre que pedía que su hijo, de 7 años, no fuera adoctrinado en ninguna religión, pero elude fijar doctrina sobre la vulneración de la libertad religiosa, por lo que el fallo se queda en lo meramente simbólico.
El Tribunal Constitucional (TC) aprecia vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de un padre divorciado que pidió en el juzgado que su exesposa se abstuviera de llevar a misa al hijo en común, de siete años, en 2017, de hacerle participar en actos religiosos y especialmente bautizarle, y para que continuara estudiando la asignatura de valores cívicos y sociales, en vez de religión, según el consenso que había alcanzado la pareja antes de su ruptura.