El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite dos cuestiones remitidas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) sobre si el acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede en materia de Enseñanza y Cultura vulnera o no algunos artículos de la Constitución.
El Tribunal Superior canario plantea al Constitucional que los acuerdos entre España y el Estado del Vaticano en materia de enseñanza religiosa, y la interpretación que los prelados dan a la Ley 50/1998 de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, pactada entre la Conferencia Episcopal y el entonces ministro de Educación, Mariano Rajoy, pueden vulnerar ocho artículos de la Constitución Española (CE), concretamente los artículos 9,
14, 16, 20, 23, 24, 28 y 103, referidos a la libertad de expresión, a la igualdad ante la ley, a la garantía de que ninguna confesión tenga carácter estatal, al principio de legalidad y al acceso en condiciones de igualdad a la
función pública.
Así, según providencia registrada en el Congreso de los Diputados, el TC ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4465/2005, correspondiente al caso de la profesora Araceli Del Carmen Gómez Jaén;
y la 3633/2005, de Nereida del Pino Diaz Mederos.
La designación de los profesores de Religión es eclesiástica, pero el contrato corre a cargo de la Administración, lo que produce contradicciones en muchas ocasiones. La escuela pública emplea a 18.000 personas escogidas
por los obispos y contratadas por el Estado.