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El Supremo confirma la ilegalidad de la capilla de una vidente en El Escorial

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado los recursos presentados por el Ayuntamiento de El Escorial y la Fundación Virgen de los Dolores contra la sentencia que declaraba ilegal la capilla de Prado Nuevo.

En una providencia a la que ha tenido acceso Efe fechada el pasado 22 de noviembre el alto tribunal no admite a trámite los recursos presentados y condena a pagar las cosas a la parte a la citada fundación.

La capilla fue construida en el año 2012 en la finca de Prado Nuevo, erigida en la localidad madrileña de El Escorial por la Fundación Virgen de los Dolores, promotora de las actividades en torno a las supuestas apariciones marianas a la vidente Amparo Cuevas, ya fallecida.

Las agrupaciones de Acción Plural, Izquierda Unida, Equo, Entorno Escorial, Escorial Laico y Plataforma Ciudadana denunciaron meses después del inicio de las obras al Ayuntamiento de El Escorial por la construcción del santuario.

El primer sábado de cada mes se congregan en la finca los seguidores de la vidente.

Los denunciantes han subrayado a Efe que por el momento «se desconocen los efectos concretos que este pronunciamiento judicial del máximo nivel» pueden tener en las instalaciones de Prado Nuevo, «más allá de la constatación de la ilegalidad de las mismas».

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