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El Obispado de Almería inmatriculó la Catedral como su propiedad en octubre del año 2007

La Diócesis de Almería reconoce que utilizó la inmatriculación para oficializar la propiedad de «muchos bienes», «decenas» que habían sido suyos durante siglos

Levantada en el siglo XVI, después de que el terremoto de 1522 dejara la ciudad de Almería en ruinas, la Santa y Apostólica Iglesia Catedral de la Encarnación es propiedad del Obispado de Almería desde hace tan sólo una década. Concretamente desde el día 26 de octubre de 2007. Fue entonces cuando la Diócesis la inscribió este bien de interés cultural, uno de los principales monumentos históricos y artísticos de la provincia de Almería, como un inmueble de su propiedad gracias al proceso de inmatriculación (la primera inscripción de una finca que no consta previamente inscrita en el Registro de la Propiedad) habilitado por aquel entonces en el marco de la Ley Hipotecaria que otorgaba carácter de fedatario público al prelado al mando de la Diócesis. Un total de 6.037 metros cuadrados de suelo con 5.155 metros construidos entre la plaza de la Catedral, y las calles General Castaños, Velázquez, Duendes, Beato Diego Ventaja, plaza de Bendicho y calle Cubo en dos mitades: el templo (al norte) y la sacristía, las dependencias capitulares y la Iglesia del Sagrario en torno al claustro (al sur).

Hasta la reforma de la Ley Hipotecaria de 2015, aprobada por Real Decreto, los obispos tenían la potestad -igual que las administraciones públicas- de inscribir como propios inmuebles que estuvieran bajo su dominio y que no contasen con inscripción registral. Y desde 1998 y hasta 2015, de hacerlo con los templos de culto católico -prohibidos en la normativa anterior-.

«Cuando carezcan del título escrito de dominio, podrán inscribir -mencionaba el articulado de la norma vigente hasta 2015- el de los bienes inmuebles que les pertenezcan mediante la oportuna certificación librada por el funcionario a cuyo cargo esté la administración de los mismos». Esta vía legal abría la puerta a que las Diócesis regularizaran sus bienes, algunos heredados de la larga historia eclesiástica en el territorio por siglos; otros, con títulos de propiedad que, sin embargo, no se habían sometido al registro público de bienes inmuebles. Y ello sólo con un certificado diocesano, nada más.

Diversas fuentes hablan de miles de inmuebles inscritos de forma reciente a nombre de la Iglesia Católica en España, la mayor parte de ellos en el norte peninsular. Pero también los hay en Almería. «Muchos»; indicaban fuentes del Obispado de Almería. «Decenas». «Nos lo permitía la Ley y siguiendo los procedimientos se han inscrito como propios bienes que ya eran de la Iglesia Católica», trasladaba a IDEAL el responsable de relaciones con los medios de comunicación del Obispado de Almería, Miguel Romera.

Pero, ¿cuántos en concreto? y ¿cuáles? A esas preguntas el Obispado prefiere no responder. Otras diócesis españolas han tomado una dirección muy diferente a la asumida por el de Almería y, en un ejercicio de transparencia, han dado a conocer cómo fue el proceso de inmatriculación de bienes eclesiásticos, a cuántos afectó y en qué años fueron procediendo a la inscripción registral de cada uno de ellos.

El Arzobispado de Barcelona dio a conocer a la prensa en una conferencia específica para los medios que realizó un total de 53 procesos de inmatriculación para poner a su nombre por primera vez 133 bienes inmuebles en el periodo comprendido entre 1998 y 2015, la mitad en la ciudad de Barcelona.

Este mismo año, el arzobispo de Sevilla, Juan José Asenjo, defendía en una carta pastoral este método de inscripción registral. «Puedo asegurar que la Iglesia no ha sustraído nada a nadie, ni se ha apropiado de algo que no fuera nuestro, es decir, del Pueblo de Dios. Hemos inmatriculado en los registros de la propiedad los bienes que siempre han sido de la Iglesia, bienes que ella creó, que ha conservado y cuidado con diligencia, y que pone a disposición de todos, creyentes y no creyentes, en primer término, para el culto y la evangelización, su genuina razón de ser, y también para la difusión cultural de nuestro patrimonio». En la inmensa mayoría de los casos, relatan fuentes eclesiásticas de otras diócesis, se han inscrito bienes que ya aparecían como titularidad de la Iglesia en el Catastro pero que no contaban con hoja en los diferentes registros de la propiedad del país. En otros, se han aportado también documentos de compraventa si es que estaban disponibles. En algunos casos, por otra parte, se ha recurrido a convenios entre España y el Vaticano o documentos diocesanos antiguos.

Respecto de los bienes inmatriculados en Almería, la Diócesis de la provincia no aporta más información. «Los bienes inmatriculados aparecen como tal en los registros, que son públicos», advierten fuentes del Obispado. Sin embargo, sin un listado como tal es imposible indagar sobre la totalidad de inmuebles inmatriculados por parte de la Iglesia Católica. Y cabe recordar que hay un precedente de controversia: la antigua escuela de Los Molinos.

Este edificio, municipal, fue inmatriculado en el registro de la propiedad como inmueble titularidad de la Iglesia Católica en el año 2008 valiéndose de las prerrogativas legales de la Ley Hipotecaria vigente en ese momento. Fue el 25 de agosto del año 2014 cuando el Grupo Municipal Socialista desveló este asunto, que cayó como una bomba entre la opinión pública. Echando mano del catálogo de inmuebles municipales detectaron que uno de los más reconocidos, ubicado en la calle Escuela de los Molinos, aparecía a nombre de la Diócesis almeriense. El Ayuntamiento se hizo con su titularidad con anterioridad, pero nunca la inscribió en el Registro, hecho que aprovechó la Diócesis almeriense hace una década para sumarlo a sus propiedades. No fue hasta 2017 que el Consistorio aprobaba en junta de gobierno la asunción de la cesión gratuita del inmueble nueve años después de la inscripción por parte de la Iglesia con la finalidad de resolver el entuerto.

El Gobierno revisa

Son centenares -es imposible saberlo a ciencia cierta- los bienes eclesiásticos en la provincia de Almería, algunos de los cuales se inscribieron gracias a la prerrogativa hipotecaria. El Obispado se niega a ofrecer datos. A preguntas de este diario, argumentan que cada diócesis tiene libertad para hacer o no públicos sus datos -Barcelona, como hemos visto antes, los hizo públicos recientemente-. Y en Almería no se tiene la pretensión de hacer lo propio. Sin embargo, es muy probable que esos datos acaben conociéndose. El Gobierno pretende someter a un estudio profundo si entre estas inscripciones efectuadas por todo el país se coló algún bien de dominio público y, en tal caso, proceder a la recuperación del mismo.

Sólo en Almería capital, según la relación de bienes confeccionada por el Ayuntamiento de Almería, 593 bienes inmuebles pertenecen a alguna organización de carácter religioso, de cuya mayoría es titular la Iglesia Católica. Se sabe porque estos bienes están, además, exentos del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles municipal por otra prerrogativa, en este caso enmarcada en las relaciones entre España y el Estado Vaticano. Tampoco lo hacen edificios y propiedades tales como los de las administraciones públicas, los centros de enseñanza concertada, las entidades sin fines lucrativos, los de la Universidad o los espacios ocupados por líneas de ferrocarriles o los inmuebles catalogados como patrimonio de interés cultural o histórico. En Roquetas de Mar el número de bienes de la Iglesia exentos de IBI es de 24.

Se desconoce, incluso en un terreno mucho más escueto como el de la capital, cuantos bienes han sido producto de la inmatriculación eclesiástica, si bien de los 593 bienes inmuebles religiosos apenas unos 40 serían templos, parroquias, ermitas o conventos.

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