El Supremo lo considera «despido nulo»
El Tribunal Supremo ha condenado al Obispado de Canarias a pagar una indemnización de 10.000 euros a las profesoras de Religión y Moral Católica, Araceli del Carmen y Margarita Pérez, por los daños y perjuicios provocados a ambas con un “despido nulo” en 1999. El delegado diocesano de Enseñanza en la región, Hipólito Cabrera, despidió a las dos docentes por su participación en una huelga y por su filiación sindical. Los jueces han desestimado el recurso interpuesto por la Consejería de Educación, y han emitido una sentencia que obliga al Gobierno de Canarias (CC-PP) a pagar a las profesoras el sueldo que han dejado de percibir y a la Iglesia a indemnizarlas.
El recurso de la Consejería de Educación apelaba a los acuerdos suscritos entre el Estado y la Santa Sede en 1979. Estos otorgaban al Obispado libertad para contratar a los profesores de Religión, informa Público.
Excusas del obispado
El Obispado a su vez se ha justificado asegurando que, hasta 2007, los contratos se renovaban cada curso: es decir, que las profesoras simplemente fueron excluidas de la renovación. El Supremo, sin embargo, ha considerado que tal renovación era automática y que, por tanto, el despido no está justificado.
Indemnización por daños
La sentencia de los jueces obliga al Gobierno canario a pagar el sueldo que las docentes han dejado de percibir, y al Obispado a indemnizarlas con 10.000 euros por los daños y perjuicios causado con lo que han considerado un “despido nulo”.