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El Ministerio del Interior subvenciona la asistencia religiosa católica e islámica con 608.000 y 21.000 euros y a Cáritas con 54.000

De conformidad con lo publicado en el Real Decreto 449/2019, el BOE del 10 de enero de 2020 acaba de publicar, en diferentes órdenes ministeriales, las subvenciones directas del Ministerio del Interior:

Orden INT/1306/2019, de 2 de diciembre, por la que se concede a la Conferencia Episcopal Española una subvención directa.

Primero.

Conceder a la Conferencia Episcopal Española una subvención directa por importe de 608,50 miles de euros, con cargo al crédito disponible en la aplicación presupuestaria 16.05.133A.481 del presupuesto de gastos del Ministerio de Interior, para la atención del culto en los centros penitenciarios, cuyo pago se hará efectivo dentro del mes siguiente a la presente resolución de concesión, sin necesidad de prestar la constitución de ninguna garantía.

BOE 10-01-2020


Orden INT/1305/2019, de 2 de diciembre, por la que se concede a la Comisión Islámica de España una subvención directa.

Primero.

Conceder a la Comisión Islámica de España una subvención directa por importe de 21,00 miles de euros, con cargo al crédito disponible en la aplicación presupuestaria 16.05.133A.487 del presupuesto de gastos del Ministerio de Interior, para la atención del culto en los centros penitenciarios, cuyo pago se hará efectivo dentro del mes siguiente a la presente resolución de concesión, sin necesidad de prestar la constitución de ninguna garantía.


Orden INT/1303/2019, de 2 de diciembre, por la que se concede a Cáritas Española una subvención directa

Primero.

Conceder a Cáritas Española una subvención directa por importe de 54,00 miles de euros, con cargo al crédito disponible en la aplicación presupuestaria 16.05.133A.489 del presupuesto de gastos del Ministerio de Interior, para facilitar la aplicación de los programas con personas sentenciadas a penas no privativas de libertad, cuyo pago se hará efectivo dentro del mes siguiente a la presente resolución de concesión, sin necesidad de prestar la constitución de ninguna garantía.

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