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El juez rechaza la petición de una fundación ultra de paralizar la retirada de la cruz franquista de Castelló

El auto del titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Castelló niega que exista una urgencia que justifique la paralización cautelarísima e insta al consistorio a plantear alegaciones.

Nuevo obstáculo para la retirada de la cruz franquista del Parque Ribalta de Castelló. Tras el recurso de la Fundación Española de Abogados Cristianos contra la licitación de los trabajos, el titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Castelló ha dictado un auto en el que da un plazo máximo de 10 días al consistorio para plantear alegaciones. El magistrado, eso sí, desestima las medidas cautelarísimas que solicitaba la entidad presidida por la abogada Polonia Castellanos.

El auto sostiene que en la demanda de ‘Abogados Cristianos’ no queda “claramente acreditada” la “extremada urgencia” ni las circunstancias excepcionales para una paralización cautelarísima, que implica adoptar medidas sin oír a la parte contraria.

Mientras que la entidad ultra aseguraba que el Ayuntamiento de Castelló, gobernado por la socialista Amparo Marco, “no tiene la menor intención de esperar” a la resolución final del procedimiento judicial que sigue el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2, a instancias de la misma fundación, el auto considera que “no se han acreditado circunstancias que determinen una urgencia tal que impida a la administración formular alegaciones al respecto”.

La letrada Polonia Castellanos, a pesar de que se trata de una retirada del monumento franquista para cederlo al obispo Casimiro López Llorente, sostiene que el “traslado e, incluso, destrucción de la cruz, es a todas luces inminente”. El magistrado no entra en el fondo del asunto y recuerda que el decreto municipal de las obras no implica que sea “inminente”.

Dos peticiones idénticas

Además, también reprocha que puede crearse una “duplicidad” entre “peticiones idénticas” de ‘Abogados Cristianos’ en diversos procedimientos, en alusión al contencioso. Por ello, el juez opta prudentemente por dar audiencia “en el plazo más breve posible” al ayuntamiento para que plantee sus alegaciones. 

Se trata del mismo magistrado que desestimó el recurso de la fundación ultraconservadora contra la campaña de libros LGTBI en los centros docentes públicos promovida por el consistorio, tras una primera paralización cautelarísima dictada por la jueza Carola Soria Piquer, que incluso provocó que el presidente argentino criticara la medida.

La decisión del titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Castelló supone que el consistorio cuenta con un plazo máximo de diez días para plantear sus alegaciones. A partir de ese momento, “se acordará lo procedente respecto a la adopción de la medida cautelar”.

En su demanda, la fundación ultra asegura que el consistorio pretende “derribar” la cruz, instalada por la dictadura franquista en 1944, a pesar de que la intención del Ayuntamiento de Castelló es retirarla del espacio público para cederla al obispado.

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