Considera que los dos detenidos llevaban a cabo una conducta activa en orden a recibir, almacenar y distribuir de forma masiva y continua material documental y audiovisual de tipo ideológico, doctrinal, y sobre adiestramiento terrorista
El juez de la Audiencia Nacional Jose Luis Calama ha acordado prisión incondicional por delito de terrorismo, en su modalidad de auto captación y auto adoctrinamiento, auto adoctrinamiento a terceros y traslado a un país extranjeros controlado por una organización terrorista para los dos ciudadanos marroquíes detenidos el pasado miércoles en la localidad de El Ejido, en Almería.
De la investigación realizada hasta el momento el juez considera que existen indicios racionales que evidencian la afinidad ideológica de los dos detenidos con las ideas de la organización terrorista DAESH y de su progresiva radicalización, así como su labor de captación y radicalización, que les habría llevado ya a realizar el juramento al DAESH y a manifestar su intención de trasladarse a zonas de conflicto.
Uno de los dos detenidos ha reconocido en sede judicial que había realizado el juramento al DAESH, así como que había comunicado su intención de trasladarse a la zona del Sahel.
La investigación policial y judicial se ha basado en las intervenciones telefónicas de los dos detenidos, las publicaciones en sus redes sociales, y el contenido de los dispositivos de almacenamiento masivo de información que dan cuenta de una serie de hitos que, según el magistrado, evidencian su radicalización, así como su decidido propósito de viajar a territorio extranjero para colaborar con la expresada organización terrorista.
El juez considera que los dos detenidos llevaban a cabo una conducta activa en orden a recibir, almacenar y distribuir de forma masiva y continua material documental y audiovisual de tipo ideológico, doctrinal, y sobre adiestramiento terrorista, activándose como núcleo operativo virtual lo que concuerda con la estrategia de la Yihad online de DAESH.
Además, llevaban a cabo una estrategia de captación masiva de adeptos receptores de esos contenidos a través de Internet, contribuyendo a la formación de captados que ya han sido fidelizados a través de este mismo sistema.
La medida de prisión adoptada se justifica por la gravedad de los delitos y las penas que llevan aparejadas, que podría superar los 10 años de prisión, el riesgo de reiteración delictiva, la falta de arraigo suficiente en España y el riesgo de fuga, que, en el caso de uno de los dos detenidos, se encontraba gestionando su salida del territorio nacional para desplazarse a un país extranjero situado en zona de conflicto.